sábado, 15 de octubre de 2016

DESECHADO O DESHECHO

El motivo que ha inducido a un servidor a pergeñar el presente comentario obedece a una noticia aparecida en la prensa local, que literalmente decía así: El Gobierno desecha el acuerdo de hace dos años con la Junta para instalar en el convento de la Trinidad la institución que lleva desde 1994 en un inmueble en alquiler. Obviamente, para comprender en sus justos términos la oportunidad de dicho comentario, hay que aclarar de inmediato que la noticia aludida hacía referencia a la sede de la Biblioteca provincial, para la que al parecer ya existía un acuerdo entre Gobierno y Junta de Andalucía a fin de ubicarla en el antiguo convento mencionado y no en el de san Agustín, como ahora se quiere hacer.

Y es que a uno no le duelen prendas en reconocer que le surgió una pequeña gran duda, tan pronto leyó la citada reseña periodística. Porque, en la hipótesis concreta, ¿hubiera sido lo correcto hacer uso del verbo desechar o, en cambio, hubiera sido preferible emplear el verbo deshacer? (De ahí el título del comentario desechado  o deshecho, que son los respectivos participios de uno y otro verbo). Y la respuesta es tan simple como que, a juicio de este comentarista, las dos fórmulas u opciones serían válidas, puesto que dependerá de lo que, en su caso, hubiera querido decir el periodista. En efecto, si acudimos al diccionario de la RAE –y no es que un servidor tenga una especial fijación o monomanía por hacerlo, es que esta Institución es la que, en su opinión, tiene autoridad en la materia–, la cosa es así de sencilla, aun cuando no sea nada clara y pueda parecer que uno adopta una postura totalmente ecléctica. No hay más que ver las definiciones que al respecto nos da de ambos términos la Real Academia, siempre acudiendo a aquellas acepciones que guardan alguna relación con el concepto, porque obviamente hay otras entradas en el diccionario que nada tienen que ver con la cuestión planteada.
Del verbo desechar, del que aparecen siete acepciones, se dice en su ordinal 3º que es renunciar o no admitir algo, en tanto que de deshacer, sobre el que se recogen hasta once significados, se señala en su ordinal 7º que es alterar o descomponer un tratado o negocio. Por lo tanto parece evidente que, si ya existía un acuerdo en firme, –rubricado o no, que eso es lo de menos, pues el contrato verbal sigue existiendo en nuestro Derecho, aun cuando sea cierto que cada día tiene menos relevancia por razones que son ociosas resaltar ahora–, tendría que haberse utilizado el segundo; pero, si no lo había, sino que era tan solo algo que estaba en proyecto, debería haberse empleado el primero.
Y, claro, como nunca es tarde para aprender, –ya se sabe que a la cama no te irás sin saber una cosa más, según reza el viejo adagio–, un servidor tiene que reconocer que desconocía que en la actualidad para la segunda persona del singular del presente de indicativo de ambos verbos son también correctas las formas deshacés o desechás, como también lo son las de deshacé o desechá en el mismo tiempo y persona del imperativo, con el pronombre personal vos antepuesto o pospuesto en una u otra situación. Es necesario añadir que tales formas ciertamente no son exclusivas de dichos verbos, sino que son propias de todos los demás. Sí es cierto que en algunos de ellos las desinencias no son siempre las mismas reseñadas, cosa que hay que ver en cada situación concreta. Uno, por ejemplo, ha tenido la curiosidad de comprobar que en los verbos que contienen una sola vocal, como dar, ir, ser o ver, las formas efectivamente son variadas o diversas. Así, los verbos dar y ver mantienen una única forma en ambos tiempos, es decir, das y da, o ves y ve; los verbos ir y ser hacen lo propio, el primero en el indicativo y el segundo en el imperativo, esto es, vas y ; y esos mismos verbos cambian esas formas de manera un tanto peculiar, pues las de ir en el modo imperativo son ve y andá, mientras que las de ser en el indicativo toman las formas eres y sos, que no son claramente menos singulares. La RAE indica, al referirse al término vos, que en Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Paraguay, Uruguay y Venezuela es el pronombre personal de 2.ª persona, masculina y femenina en singular, que en nominativo, vocativo o precedida de preposición, designa a la persona a la que se dirige quien habla o escribe; y añade que se usa en situaciones comunicativas informales o en el trato de familiaridad, como en la expresión vos sabés lo que te espera”.

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