La noticia
de que la RAE ha publicado un libro de estilo para acabar con la
escritura farragosa de jueces y
abogados ha colmado de satisfacción a un servidor, pues uno no
tiene reparo alguno en confesarse un profundo enamorado del bien
hablar y del bien decir, que de forma lamentable está viniendo a
menos en esta época actual, incluso en el lenguaje culto.
Y es que
el problema del lenguaje jurídico es más común de lo que se
piensa. La escritura nada clara y hasta poco académica de los
hombres de leyes –no podemos obviar que el juez, antes que
versado en Derecho al igual que el abogado, es letrado (del latín
litteratus), es decir, persona sabia, docta e instruida–
ha llevado al eminente jurista y catedrático de Derecho
Administrativo de la Universidad Complutense, D. Santiago Muñoz
Machado, –secretario también de la Real Academia Española y
miembro de la de Ciencias Morales y Política--, a dirigir la
elaboración del Libro de estilo de la Justicia, una
especie de manual concebido con el fin de intentar
corregir los malos usos y errores corrientes en la
organización de los párrafos, la utilización del género y
el número, los latinismos o el régimen de las concordancias, a la
vez que para alertar sobre anacolutos o
errores de construcción, sin olvidar los
problemas semánticos, de significado y sentido, o recordando
las reglas de acentuación gráfica, las concernientes a la
unión y separación de palabras, o el uso de la
puntuación y de las mayúsculas.
A pesar de
su edad, uno no sabría precisar en concreto, aquí y ahora, si el
término secretario perteneció en algún momento al género
común, en el que ya se sabe se incluyen aquellas palabras que
con la misma terminación y distinto artículo designan los dos
sexos, casos de “el testigo y la testigo” o “el mártir
y la mártir”; sí es significativo que en
alguna antigua edición del diccionario de la RAE se definiera la voz
secretaria como la mujer del
secretario o la mujer que hace de
secretario. Pero de lo que no cabe duda es que, al menos,
desde la XXII edición de dicho diccionario se considera que la
persona que se encarga de las
labores propias de una
secretaría, sea esta pública o privada, puede ser tanto un
secretario como una secretaria. Por ello, un
servidor
no puede hacer abstracción
en el presente comentario de
que no hace demasiado
tiempo alguna
secretaria
judicial, –antes de la
reforma de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, porque a
partir de la Ley Orgánica
7/2015 los secretarios
judiciales pasaron
a denominarse
Letrados de la Administración
de Justicia–, se
autollamaba a
sí misma en sus
escritos
como la
secretario, cosa
nada de extrañar por otra parte, ya
que más
de una fémina que ejerce la
medicina se sigue catalogando como la médico,
de forma incomprensible
obviamente pues es
de sobra conocido que la palabra médica
ya no
es ningún palabro. Y ya se
sabe lo de
la concordancia, esto es, la coincidencia obligada de
determinados accidentes gramaticales (género, número y persona)
entre distintos elementos variables de la oración; algo
que
no es cosa de
uno, que es
cosa de la RAE.
Y,
a propósito de lenguaje jurídico, en
este muchas veces
el discurso se
reduce al
abuso de párrafos
reiterativos y
al
empleo de frases
estereotipadas, que en la
práctica no vienen
a decir nada. Así, por
ejemplo, no es inusual que en
las contestaciones a una
demanda en los procesos
contencioso- administrativos, –extremo
este sobre el
que
el comentarista puede
decir algo– los abogados
del Estado se limitan
a argumentar en
cuanto a los hechos, –¡toma
ya!– que se
niegan los articulados de contrario en tanto no
resulten indubitadamente del expediente administrativo o sean
cumplidamente acreditados durante
el periodo probatorio, si lo
hubiera; o,
respecto a los fundamentos de
derecho, que se dan por reproducidos, a fin de evitar
reiteraciones innecesarias, los acertados términos de la resolución
impugnada. Y esa práctica, que
ya constituía
una norma habitual por parte de la Abogacía del Estado antes de que
estuviera en su apogeo
el sistema de cortar y pegar
de los ordenadores, porque la Informática aún no había hecho su
aparición en las
oficinas y despachos
judiciales, da
lugar indefectiblemente a
innumerables errores de datos y fechas, que sin
duda alguna va en detrimento
de la Administración
de Justicia.
Pues,
si el libro del sr. Muñoz Machado sirve para algo, bienvenido sea
porque probablemente saldremos ganando todos, no solo los jueces,
sino también los justiciables.
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