lunes, 12 de marzo de 2018

SUJETO O SUJETA Y SUJETADO

No cabe duda de que el hombre, como ser animado racional, varón o mujer, según la primera acepción que del término se recoge en el diccionario de la RAE, es sujeto de derechos y obligaciones; y, por lo tanto, es evidente que la mujer también lo es. Pero hace unos días, a propósito de una frase que leyó un servidor en un medio de comunicación (tampoco es que algunos supuestos periodistas puedan presumir de hablar y escribir correctamente nuestro idioma), al comentarista le surgió la duda de si, desde el punto de vista lingüístico o semántico, sería correcto decir que las féminas son sujetas de derechos, como así rezaba la reseña periodística. Y, sintiéndolo mucho por las feministas y por los izquierdosos de turno (léase Pablo Iglesias y compañía), tiene que decir abiertamente que no, que no lo es. ¡Ojo!, que no dice uno que no estén sujetas a lo que sea, que es otra historia.

En efecto. La palabra sujeto”, cuando realiza función de adjetivo en la oración (1), pertenece tanto al género masculino como al femenino; y tiene dos significados: a) que está sujetado; y b) que está expuesto o propenso a algo. Es decir, sería del todo correcto, por ejemplo, decir que “el asiento está bien sujeto” o que “la carga estaba bien sujeta”.

En todo caso, no es ortodoxo afirmar, como de hecho se hace en Internet, que la voz “sujeto” debe ser considerada como participio irregular del verbo “sujetar”, porque en modo alguno es exacto; el único participio del citado verbo es “sujetado”. En consecuencia, no es adecuado su empleo para la formación de los tiempos compuestos, como por ejemplo en la frase “lo he sujeto con cuerdas”, ya que habría que decir “lo he sujetado con cuerdas”. Otra cosa es la utilización como adjetivo, cual en los ejemplos anteriores, en cuyo caso sí sería admisible decir que “está sujeto”, o que “está sujetado”. Incluso, desde el punto de vista etimológico, “sujetado” (participio del verbo “sujetar”) procede del verbo latino “subiectāre”; en tanto que “sujeto” (del latín “subiectum”) tiene su origen en el supino del verbo frecuentativo o iterativo “subiicere”, bien es verdad que en ocasiones ambos verbos pueden significar lo mismo.

Pero un servidor iba a otra cosa con el presente comentario; en concreto, al vocablo “sujeto” en su condición de sustantivo, el cual en sus diferentes entradas en el diccionario de la RAE pertenece siempre al género masculino. En la número 3 se dice que es la persona cuyo nombre se ignora o no se quiere decir;” en la número 4 (uso considerado como culto), asunto o materia sobre la que se habla o escribe; en la número 5 (utilizado en Filosofía), “soporte de las vivencias, sensaciones y representaciones del ser individual”; en la número 6 (también empleado en Filosofía), “ser del cual se predica o enuncia algo”; en la número 7 (usado en Gramática), “función sintáctica desempeñada por un sintagma nominal que concuerda en número y persona con el verbo, o por una oración subordinada sustantiva que requiere un verbo en tercera persona”; en la número 8 (asimismo usado en Gramática), “expresión nominal que designa la entidad de la que se predica algo”; y en la número 9 (propio en exclusiva de la República Dominicana), “persona despreciable, gente de poca monta”.

En definitiva, que en todas las acepciones anteriormente reseñadas no se habla para nada de que ni una sola pertenezca al género femenino. Por lo tanto, mal que le pese a los detractores de siempre y, claro está, a los defensores a ultranza de una mal entendida igualdad de géneros, no es correcto decir que “la mujer es sujeta de derechos y obligaciones”. (Vamos que suena tan mal como de lo de “portavozas”, lo de “miembras” o lo de “jóvenas”, tema al que un servidor dedicó ya uno de sus comentarios). De todas forma, siempre quedará el recurso de utilizar el verbo “estar” (“está sujeta a...”) o acudir a un rodeo o circunloquio para expresar la idea de lo que se quiere decir.

En fin, esperemos que esta vez la RAE no lo deje a uno en mal lugar, como lo ha hecho recientemente con la cuestión de la igualdad de género vs. igualdad de sexo. Porque el Diccionario Panhispánico de Dudas sigue diciendo al respecto que para designar la condición orgánica, biológica, por la cual los seres vivos son masculinos o femeninos debe emplearse el término sexo; es decir, que las palabras tienen género y no sexo, mientras que los seres vivos tiene sexo y no género. De ahí que, a tenor de ese mandato, un servidor en sus comentarios haya criticado en multitud de ocasiones que se dijera, incluso en medios legales, violencia de género en vez de violencia de sexo. Sin embargo, en fechas relativamente recientes la RAE (2), sin cambiar un ápice dicho criterio, ha introducido una nueva acepción al vocablo género, la número 3 concretamente, en la que dice que es el grupo al que pertenecen los sres humanos de cada sexo, entendiéndose desde un punto de vista sociocultural en lugar de exclusivamente biológico.

Pues muy bien.

(1) Entradas 1 y 2 de la edición digital del diccionario.
(2) Versión digital del diccionario de la RAE, que no aparecía en la 22ª edición impresa de 2001.

sábado, 10 de febrero de 2018

PORTAVOZAS, MIEMBRAS Y JÓVENAS

¿Tiene algo que ver el culo con las témporas, la gimnasia con la magnesia o la velocidad con el tocino?. Evidentemente nada, pues dichas frases fueron acuñadas en su día por el pueblo para reprender confusiones ajenas, cuando alguien mezclaba cosas que nada tenían que ver unas con otras ni pertenecían a un mismo entorno lingüístico; en suma, que no sabían lo que estaban diciendo, que confundían los términos, los conceptos, los juicios... 
 
Y es que para Dª Irene Montero (1), diputada de Unidos Podemos, que en una conferencia de prensa habló de portavoces y portavozas, el uso de la palabreja 'portavoza' es una forma de avanzar en la igualdad entre hombres y mujeres; o, siempre en su opinión, una forma de dar mayor visibilidad a las mujeres en su lucha por la igualdad de derechos con los hombres. En definitiva, un modo diferente de ver la cuestión, por supuesto obviamente matizable (palabro que cita uno a propósito, aun cuando el término no aparezca en el diccionario de la RAE), por cuanto no cabe duda de que existen otras formas y maneras de luchar contra la desigualdad que la de hacerlo a través del lenguaje, que es sacar las cosas fuera de contexto, o de mear fuera del tiesto para decirlo de forma más vulgar, como haría cualquier izquierdoso (o izquierdosa) de turno. Y, puesto que se trata de jugar con las vocales, como ha expresado muy bien el periodista D. Carlos Herrera, a lo mejor ella no es un cargo público, sino una carga pública. Según Dª Irene Montero (o Dª Irena Montera, que iría más en consonancia con su criterio femnistoide), lo que diga la Real Academia Española es lo de menos porque esta no es el mejor ejemplo en la lucha por la igualdad. Y, es importante, ha precisado, que la mujeres hagamos un esfuerzo por desdoblar el lenguaje y de utilizarlo de forma inclusiva, enmarcando su nueva palabra en la obligación de los políticos y las políticas (forma muy propia de hablar de los líderes de izquierdas, claro está) de luchar por la igualdad. Me disculparán si no utilizo palabras que no son de la máxima corrección según la RAE y el portavoz del Gobierno, (quien, como ministro de Educación, Cultura y Deporte no ha tenido más remedio que criticarla con razón), ha señalado para justificar su postura.
 
Es curioso, sin embargo, observar que la palabra 'femenino' en concreto pertenece al género masculino, lo cual en principio puede resultar una contradicción. Por lo tanto, a partir de ahora lo normal sería decir la génera femenina (y no el género femenino), si es que las palabras terminadas con la vocal 'a' necesariamente hay que identificarlas como referidas a la mujer. ¿Y portavoz? ¿a qué género pertenece? Porque no hay que ser muy sagaz para saber que 'voz', el término base del que proviene aquel (el otro, el verbo 'portar', es indudable que carece de género de momento, aunque todo pueda andarse con el tiempo) es claramente femenino (o femenina). Así, de forma un tanto irónica el prestigioso escritor D. Juan Manuel de Prada ha dicho que, si la palabra 'voz' es femenina, 'portavoz' habría que dejarla tal cual para el género femenino, debiéndose en todo caso cambiar 'portavozo' para el masculino, lo cual a criterio de un servidor sería mucho más acorde con teorías tan peregrinas. 
 
Como era lógico suponer, la Sra. Montero, aparte de contar con el apoyo de su compañero sentimental y jefe de militancia política D. Pablo Iglesias, ha encontrado una fiel aliada en Adriana Lastra (2), la actual vicesecretaria general del PSOE y mano derecha de su propio líder D. Pedro Sánchez, que se ha sumado a la defensa del uso de la palabra "portavoza", a pesar de que el sustantivo 'voz' sea en sí mismo femenino y no tenga correspondiente masculino; y ha apuntado que su empleo no le parece mal, igual que no me pareció mal la expresión 'miembros y miembras', la que en el año 2008 usara Bibiana Aído, la entonces ministra socialista de Igualdad. En ese sentido no es de extrañar que haya manifestado, refriéndose a Margarita Robles (3), que yo a mi 'portavoza' la llamo 'portavoza'. Esta última ha tenido al menos la habilidad y el acierto de precisar que el lenguaje es importante, pero que más importantes son los hechos, pues de lo que se trata es avanzar en las políticas de igualdad.
 
Antes que ellas, la exesposa del expresidente del gobierno D. Felipe González (uno ha hecho abstracción adrede de la expresión exmujer para evitar pueda ser tildado de machista, habida cuenta de que la preposición 'de', en la acepción de la RAE, denota idea de posesión o pertenencia), cuando era diputada por el PSOE en Cádiz popularizó los términos jóvenes y jóvenas, quizás tratando de ser políticamente correcta más que la corrección política y más feminista que el feminismo; y eso que Dª Carmen Romero es licenciada universitaria (4) y había ejercido, al parecer, como profesora agregada de instituto en materia de Lengua y Literatura. (A lo mejor hay que convenir que lo del maestro Ciruela no ha dejado jamás de tener actualidad, aunque suene un tanto estrambótico).

La RAE considera que los desdoblamientos del lenguaje a los que se ha hecho referencia son artificiosos e innecesarios desde el punto de vista lingüístico. Para los académicos de la Lengua la actual tendencia al desdoblamiento indiscriminado del sustantivo en su forma masculina y femenina va contra el principio de economía del lenguaje y se funda en razones extralingüísticas, motivo por el cual la Academia considera que deben de evitarse tales repeticiones, que generan dificultades sintácticas y de concordancia, y complican innecesariamente la redacción y lectura de los textos.

Como conclusión, en fin, el comentarista se va a permitir traer a colación aquí las palabras que el Gran Wyoming dirigió a la periodista Sandra Sabatés en el programa El Intermedio, cuando esta comentó la noticia (la misma que ha dado pie a un servidor para elaborar el presente comentario), porque resumen muy bien, aunque sea en tono hiperbólico y en clave de humor, la cuestión planteada: “Parece mentira y mentiro que hayas estudiado periodismo y periodisma. Ponte la pilas y los pilos; hay que actualizar el idiomo y la idioma al dos mil diezciocho y diezciocha”. Sin duda alguna, genial.


(1) Licenciada en Psicología por la Universidad de Madrid, tiene un máster en Psicología por la misma Universidad.
(2) Estudió Antropología Social, pero no acabó la carrera ni se le reconoce actividad laboral fuera de la política.
(3) Exmagistrada del Tribunal Supremo y cesada por incompatibilidad, es portavoz (o portvoza) del Grupo Socialista en el Congreso de los Diputados. 
(4) Licenciada en Filosofía y Letras por la Universidad de Sevilla.

jueves, 8 de febrero de 2018

SOBRE EL PREFIJO EX-

 Hace algún tiempo un servidor le había dedicado uno de sus comentarios a los sufijos; pero hasta ahora no lo había hecho con los prefijos. Por ello, aprovechando que unos días atrás un buen amigo me decía que llevaba una temporada sin dar caña con mis cosas, uno ha decidido en esta ocasión dedicarle unas líneas a aquellos, en especial al prefijo ex- (1), que es uno de los que más se utilizan tanto en el lenguaje hablado como en el escrito, si bien se va a referir a este último, ya que en el caso del anterior la cuestión que quiere abordar carecería de sentido por razones obvias. 
 
  Según la nueva Ortografía de la lengua española (2010), los prefijos en general se escriben unidos a la palabra que acompañan (viceministro, antimafia), por lo cual no son adecuadas las grafías en las que el prefijo aparece unido con un guion (vice-ministro, anti-mafia) o separado por un espacio (vice ministro, anti mafia). Eso sí, el prefijo se escribirá con guion cuando la palabra comience por mayúscula (anti-OTAN), se trate de unas siglas (anti-PP) o de un número (sub-21).

 Pero, yendo al caso concreto del prefijo ex- (afijo de valor adjetivo, procedente de una preposición latina, que se antepone a sustantivos o adjetivos con referente de persona para significar que dicha persona ha dejado de ser lo que el sustantivo o el adjetivo denotan), la nueva Ortografía de la lengua española dice que se considera conveniente, en aras de una mayor coherencia del sistema ortográfico, asimilar el comportamiento gráfico de ex- al de los demás prefijos, de manera que se escriba unido a la base cuando esta sea una sola palabra (exministro, exnovio, exsuegra, etc.) y separado de ella en aquellos casos en que la base sea pluriverbal (ex alto cargo, ex teniente coronel, etc.).
 
 Curiosamente, sin embargo, el diccionario panhispánico de dudas sigue diciendo en su versión digital, que por consiguiente se supone debiera estar actualizada, como lo está el diccionario de la RAE (no se refiere uno, por tanto, a su edición impresa, que tendría cierta explicación al ser del año 2005) que el prefijo ex- se escribe separado de la palabra a la que se refiere, a diferencia del resto de los prefijos, y sin guion intermedio: “Mi hijo no se fue solo, sino con su padre y mi ex suegra”. Y añade que no se recomienda su empleo antepuesto a sustantivos o adjetivos referidos a cosas: “Las mayores incertidumbres las plantea la ex URSS” En ese caso, matiza, es preferible el uso de adjetivos como 'antiguo', 'anterior,' o de adverbios como 'anteriormente': “Esta antigua república soviética, esta república anteriormente soviética, la antigua URSS”. Se escribe siempre con minúscula, aun cuando acompañe a sustantivos escritos con inicial mayúscula. También precisa que no debe confundirse con el prefijo inseparable ex-, con el significado de 'fuera', más allá', que forma parte de muchas palabras: extender, extraer, excomunión, etc.; y en algunos casos significa 'privación': exánime
 
 Esa fue la razón por la que cuando un servidor le dedicó uno de sus comentarios al exjuez Baltasar Garzón escribiera ex juez, dado que aún no había adquirido la nueva Ortografía de la lengua española. Hoy la verdad es que uno tiene sus dudas de cómo debe escribirlo, debido a la incongruencia de la RAE, claramente manifiesta, al igual que otras tantas cosas en nuestro país llamado España de momento. Por cierto, hace unos meses el comentarista le dirigió una carta al director de la Real Academia Española, D. Darío Villanueva, mostrándole su sorpresa de que el académico Sr. Pérez Reverte siga poniendo tilde al adverbio solo o a los pronombres demostrativos, en contra de las recomendaciones del organismo que él dirige y al que este (o éste, vaya usted a saber) pertenece; y el hombre, rara avis tampoco como era de esperar, no se ha dignado ni siquiera acusar recibo al escrito. Pues muy bien, sí señor.


(1) También funciona como sustantivo denotando la persona que ha dejado de ser cónyuge o pareja sentimental de otra: “Mi ex y yo éramos dos enemigos sin ganas de pelear”; y . .y es invariable en plural: “Todos mis ex se parecen”.

miércoles, 31 de enero de 2018

CASO PUIGDEMONT

Pues uno lamenta no estar de acuerdo con el Fiscal General del Estado en el caso de Puigdemont. Y que conste que un servidor rechaza de plano y sin ambages la actuación del expresident de la Generalitat y candidato de nuevo, por lo que parece, a presidirla de nuevo. Sirva como ejemplo la décima que ha compuesto sobre el polémico personaje, a instancia de un buen amigo, sabedor este de la debilidad del comentarista por las espinelas –al punto que lo ha llamado de forma cariñosa espinelólogo, en un palabro acuñado obviamente por él mismo–, y que reza así: 
 
Hay que ver la cara dura
que tiene el expresident;
mas no entiendo al Parlament
que a alguien de tal catadura,
a cualquier riesgo y ventura,
quiere sea su paladín,
un cobarde parlanchín,
en Bruselas escondido
pues de la justicia ha huido;
que ya es el colmo, ¡jolín!

Y es que realmente la cuestión en estos momentos ha de constreñirse a determinar si en la actualidad don Carles Puigdemont es diputado o no lo es (1). Porque, en la hipótesis de que lo sea, la cosa admite poca duda. No hace falta más que acudir a nuestra Constitución, no obstante la opinión un tanto discutible de la Fiscalía y aun pesar de que para los independentistas catalanes nuestra Norma Fundamental sea como un papel mojado, es decir, que no sirve para nada, pues de ella hacen caso omiso y se la saltan a la torera cada vez que les viene en gana. No podemos olvidar, en definitiva, que el art. 71 de la Carta Magna es bastante claro al respecto, puesto que en su punto 2 dice textualmente que durante el período de su mandato los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y solo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito, así como que no podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva (2).

En opinión de un servidor, no tiene sentido entrar en un debate absurdo, como en su caso ha pretendido hacer la Fiscalía General del Estado, mandando recados fuera de lugar a los partidos políticos afectados y a los medios de comunicación sobre inmunidad e impunidad, por ser algo que a la postre no puede llevarnos a ninguna parte. En concreto, un parlamentario –sea nacional o autonómico, pues la Constitución no hace distinciones al respecto– es inmune porque está exento de ciertos oficios, cargos, gravámenes o penas, lo cual no quiere decir que efectivamente deba ser impune, esto es, quedar sin el correspondiente castigo si comete algún delito, pero siempre que se haga a través del procedimiento legalmente establecido. De todas formas, no se trata de polemizar sobre si es necesario recabar el suplicatorio del Senado, como ha argumentado la Fiscalía, porque obviamente no es el caso. 
 
De cualquier forma, uno no puede por menos de aplaudir la decisión del juez del Tribunal Supremo, don Pablo Llarena, de no atender la petición de la Fiscalía General del Estado de “reactivar inmediatamente" la orden internacional de detención contra el expresidente catalán, cuando aquella supo que este había viajado hasta Dinamarca para participar en un debate organizado por la Universidad de Copenhague; cuestión distinta es que no comparta los motivos en que el magistrado se ha basado para ello. Conviene no olvidar que dicha orden europea de detención había sido suspendida por el propio juez mediante Auto de fecha 5 de diciembre de 2017; en consecuencia, su reactivación parecía poco seria cuando menos, porque la justicia no puede dar la sensación de ir dando tumbos o palos de ciegos sin ton ni son. Desde luego el comentarista mantiene el criterio de que en la actualidad una hipotética orden de detención de Puigdemont en España, –caso de que regrese porque, al parecer y según se ha publicado, esta sigue en vigor– y siempre obviamente que tuviera en su haber la correspondiente acta de diputado, estaría llamada al fracaso, de la misma manera que uno ya sostuvo en un comentario anterior que será difícil pueda ser condenado en su momento por el delito de rebelión y/o sedición. 
 
La Fiscalía, so pretexto de que el Tribunal Constitucional siempre ha postulado una interpretación restrictiva de los privilegios de los aforados, no puede aplicar la norma a su antojo y conveniencia, por cuanto la ley es la que es y la Constitución dice lo que dice, nos guste más o nos guste menos. Y es que el Fiscal General del Estado ha emitido un comunicado en el que recuerda que Carles Puigdemont persiste en su plan delictivo, tras darse a la fuga y mantener las actuaciones que culminaron con la declaración de independencia, advirtiendo que su “inmunidad” parlamentaria no puede derivar en "impunidad", debate dialéctico sobre el que es ocioso incidir. 
 
Que, como sostiene la Fiscalía, nuestra legislación no ampara el uso fraudulento del ordenamiento jurídico es evidente; y que es inadmisible que una interpretación del privilegio de la inmunidad parlamentaria derive en impunidad también lo es. Pero para ello deben seguirse los cauces establecidos ad hoc. Porque es que uno, la verdad, sigue sin saber cuál es en estos momentos exactamente el caso del flagrante delito cometido por Puigdemont, ya que lo anterior es cosa pasada lógicamente. Y, a su modo de ver, de ninguna de las maneras es sostenible la tesis de la Fiscalía de que la garantía de la inmunidad no significa que no se pueda ordenar el ingreso en prisión por orden judicial, sino que se refiere exclusivamente a la detención policial, por cuanto eso no lo indica la Constitución en ningún sitio. Y ubi lex non ditinguit. . . 
 
Según reza su Estatuto Orgánico en sus dos primeros artículos, –transcripción literal prácticamente del art. 124 de la Constitución–, el Ministerio Fiscal tiene entre otras misiones, la de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, pero también la de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio a petición de los interesados, con sujeción en todo caso al principio de legalidad y de imparcialidad. Y Puigdemont, mal que nos pese, también es un ciudadano español, de momento.



(1) El art. 23.2 del Reglamento del Parlamento de Cataluña establece que los derechos del diputado proclamado electo no son efectivos hasta que no ha accedido al pleno ejercicio de la condición de parlamentario, de conformidad con el apartado 1, es decir, haber presentado al Registro General del Parlamento la credencial expedida por el órgano correspondiente de la Administración electoral y prometer o jurar respetar la Constitución española y el Estatuto de autonomía de Cataluña, así como las declaraciones de actividades y de bienes que especifica el artículo 19.
(2) En parecidos términos se pronuncian los artículos 750 y 751 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

lunes, 15 de enero de 2018

MAESTROS CIRUELA HAY MÁS DE UNO

En nuestro rico refranero español podemos leer uno, ciertamente curioso como tantos otros, el cual dice que el maestro Ciruela no sabía leer y puso una escuela. Y, aun cuando parece que realmente no está demostrada la existencia física del personaje (1), es evidente que en el presente caso el dicho popular está censurando claramente a la persona que habla con suficiencia de aquello que no conoce o sin saber lo que está diciendo.

Lo cierto es que el citado refrán viene que ni pintiparado como introducción al presente comentario, de censura claro está, que le ha sugerido a un servidor la frase lapidaria acuñada al parecer por la actual Consellera de Sanitat Universal i Salut Pública de la Comunidad Valenciana, que le ha llegado a uno por conducto de algún que otro amigo. Porque Dª Carmen Montón, que así se llama la prometedora política levantina, arrogándose a sí misma en una especie de académica de la RAE que no le corresponde, ha dicho que se debe utilizar la expresión persona preñada, en lugar de mujer embarazada, para no ofender y discriminar a los transexuales (2). Y se ha quedado tan pancha.

Y es que, en opinión del comentarista, frases como la anterior dejan bien a las claras que la estupidez humana no tiene límites; o, dicho de otro modo, cada vez va teniendo menos. Por eso a uno le ha parecido oportuno dejar tal cual las citas que sus amigos acompañaban con sus mensajes, salvo la del proverbio veneciano que no sabe si es el caso de la señora madre de la Consellera (3), por estar totalmente de acuerdo con ellas, aunque no todas las fuentes  que se citan sean del todo exactas. En concreto, de Cicerón: Stultorum sunt plena omnia (todo está lleno de tontos); del Eclesiastés 1-15: Stultorum infinitus est numerus (4) (el número de los necios es infinito); de Albert Einstein: Hay dos cosas infinitas: el Universo y la estupidez humana. Y del Universo no estoy seguro; o de Baltasar Gracián: Son tontos todos los que lo parecen y la mitad de los que no lo parecen.

Es de pensar que Dª Carmen Montón, como Licenciada en Medicina, estará capacitada para hablar de temas médicos, se supone que de los menos complicados, pues es dudoso que lo esté para profundizar sobre cuestiones más complejas, a juzgar por la frase que le ha dado pie a un servidor a pergeñar el presente comentario, digna en su modesta opinión de ser enmarcada con ribetes de calandrajo y apta para ser arrojada inmediatamente sin más al cuévano del olvido. En cualquier caso no estaría mal que la Sra. Consellera (uno ha llegado a pensar, incluso, si su apellido pudiera tener alguna relación con lo de ser alguien del montón) explicara la diferencia conceptual que para ella existe entre embarazo y preñez. Lo dice un servidor porque cualquier diccionario o enciclopedia al uso de hecho considera ambos términos como sinónimos, a tenor de las definiciones que de entrambos se dan en ellos. Así, sin ir más lejos, el de la RAE, al aludir a embarazada (de momento referido al femenino tan solo), lo define como dicho de la mujer que está preñada; y al referirse a preñada (únicamente en femenino también), dicho de una mujer, o de una hembra de cualquier especie, que ha concebido y tiene el feto o la criatura en el vientre.

Por supuesto que el comentarista no pretende dogmatizar sobre el futuro de la medicina, como en su caso hace la Sra. Montón en otras cuestiones; pero, buceando uno en Internet, ha podido saber que la ciencia no podrá dar respuesta, al menos hasta dentro de cinco o diez años, a que el hombre que lo desee, siempre mediante el correspondiente trasplante de útero, pueda quedar embarazado, o preñado si de esa guisa le agrada más a la señora Consellera (5).

(1) De hecho los adagios, los aforismos, los proverbios, etc. suelen estar basados en hechos reales, pero ello en nada empece a que se apoyen igualmente en mitos y leyendas o en simples tradiciones.
(2) Según la definición de la RAE, se entiende por transexual a la persona que se siente del sexo contrario, y adopta sus atuendos y comportamientos; o la que, mediante tratamiento hormonal e intervención quirúrgica, adquiere los caracteres sexuales del sexo opuesto.
(3) El proverbio hace alusión a que la madre de los tontos siempre está preñada.
(4) Para algunos entendidos y estudiosos del tema, la frase nunca apareció de esa forma en el Eclesiastés. Sí parece que figuraba así en la Vulgata de san Jerónimo y de los papas a partir de san Dámaso. La frase que figura en las Biblias modernas es quod est curvum, rectum fieri non potest; et quod deficiens est, numerari no potest.
(5) Como lo que ella lleva a gala es la lucha por la igualad, que ha marcado su vida política desde los 16 años, en que se afilió a las Juventudes Socialistas, y por lo que se ha sentido siempre apasionada y en la que se ha ido involucrando cada vez más según sus propias palabras, conviene dejar constancia en la cuestiones en que más se ha destacado (desde luego no en Medicina). Así, tras tener el privilegio de ser elegida concejala en el ayuntamiento de Burjasot, su pueblo natal, estuvo al frente de la Concejalía de Cultura hasta el año 2004. Y desde entonces se ha dedicado a la vida parlamentaria, siendo elegida diputada por la provincia de Valencia en las elecciones de ese mismo año y ostentando en la actualidad la portavocía socialista en la Comisión de Igualdad. De las iniciativas parlamentarias en las que ha trabajado y de las que se siente muy orgullosa han sido la ley que permitió el matrimonio entre personas del mismo sexo y de la identidad de género, de las que fue ponente en el Congreso, suponiendo en su opinión tales leyes un avance histórico en los derechos civiles de las personas, –gays, lesbianas, bixesuales, transexuales, e intersexuales– durante la etapa de gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. También fue ponente de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva, y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, por la cual para ella las mujeres en España tienen derecho a decidir sobre su propia maternidad. Para una mujer feminista y socialista como ella, es algo que asume con gran responsabilidad, porque la igualdad es una de las cosas por las que ha trabajado con más pasión, dedicación y energía.





domingo, 19 de noviembre de 2017

SOLDADOS Y SOLDADAS

  Pues uno, fiel a sus consabidas manías, quiere continuar erre que erre dando matraca con el tema del mal hablar o del mal decir (que no maldecir obviamente), porque vamos de mal en peor, bien es verdad que en esta ocasión la cosa tiene menor importancia por venir de quien viene, un don nadie en el terreno de la lingüística cual es el general venezolano Vladimir Padrino (1). Y es que este siniestro personaje (pues, formando parte como forma del régimen de Nicolás Maduro, no puede ser considerado de otra manera) se ha encargado de proclamar, siendo lo de menos el motivo y el momento en que lo ha hecho, que los soldados y soldadas estamos felices porque hay elecciones en Venezuela. Vamos, algo parecido a lo de aquel palabro, (miembra en concreto), que en julio del 2008 hiciera famosa a la entonces poco conocida política del PSOE y luego responsable del desaparecido ministerio que presidiera sin pena ni gloria, salvo por la polémica que suscitó en medios políticos y sociales a causa de una malentendida defensa de la igualdad de sexos, que no de género como un servidor sigue defendiendo hasta la saciedad por otra de sus querencias maniáticas.
 
 En el presente comentario uno va a aludir precisamente a aquellas palabras que designan grados de la escala militar, haciendo abstracción de los nombres de profesiones (hasta hace poco sustantivos comunes respecto al género, casos de abogado, arquitecto, ingeniero, médico, etc., o hasta juez, que por su terminación sigue siendo común en cuanto al género, pero cuyo uso específico femenino 'jueza' se usa también incluso en el nivel culto) por haberse referido a ellos en una ocasión anterior. (Por cierto, a propósito de la dicotomía juez o jueza, en el caso de la mujer que ejerce como tal el comentarista tiene que decantarse por la segunda opción, por parecerle bastante más lógica y coherente al estar ya dicho término admitido por la RAE, lo cual no quiere decir en modo alguno que la primera alternativa no sea igualmente correcta).
 
 En todo caso, acerca del meollo de la cuestión que aquí ahora interesa, y siempre al decir del Diccionario Panhispánico de Dudas, los nombres que designan grados de la escala militar funcionan como comunes, independientemente de su terminación, como el/la cabo, el/la brigada, el/la teniente, el/la brigadier, el/la capitán, el/la coronel o el/la alférez. (Ni que decir tiene que el llamado en la actualidad determinante definido o indefinido (2), y antaño artículo determinado o indeterminado, es el que ha de anteponerse a cualquiera de ellos para establecer el género correspondiente). Y, respecto a soldado, cuya definición es la de persona que sirve en un ejército, dice el mismo DPD que es común en cuanto al género (lo mismo señala acerca de sargento), así como que no existe con este sentido el femenino soldada (3), o que no es normal el femenino sargenta. Sin embargo, en el caso de capitán/na señala que con el sentido general de ‘persona que capitanea o dirige un grupo o una nave’ se usa normalmente como sustantivo de dos terminaciones, una para cada género, algo que no deja de ser curioso porque añade que, cuando designa específicamente el grado de la escala militar inmediatamente inferior al de comandante, puede usarse también el femenino capitana, aunque lo normal es que funcione como común en cuanto al género. En el caso de teniente, cuando alude a la persona que ejerce el cargo o ministerio de otra y es sustituta suya o como oficial de graduación inmediatamente superior al alférez e inferior al capitán, se usa más el masculino para referirse al femenino.   Por otra parte, hay que tener presente que algunas de las mencionadas palabras, en femenino (casos de brigadiera, capitana, coronela, generala o tenienta, a la que hay que añadir la de sargenta) coloquialmente hablando pueden ser las mujeres de los correlativos grados militares masculinos, bien es cierto que la propia RAE admite que los cuatro últimos son poco usados. Y finalmente, salvo brigadiera, las demás son palabras polisémicas, o sea, que tienen una pluralidad de significados. Así por ejemplo, capitana es aplicable también, como sustantivo y como adjetivo, a la nave en que va embarcado y arbola su insignia el jefe de una escuadra; coronela es palabra susceptible de ser empleada como adjetivo con la acepción de perteneciente o relativo al coronel y, aplicado a bandera, se usa tanto como adjetivo como sustantivo femenino; generala puede significar toque de tambor, corneta o clarín para que las fuerzas de una guarnición o campo se pongan sobre las armas, al igual que en Argentina y Bolivia advocación de la Virgen reconocida con el grado militar de general; tenienta como adjetivo se dice de la fruta no madura, de la legumbre mal cocida o dura, como adjetivo coloquial algo sordo o tardo en el sentido del oído e igualmente como adjetivo, aunque poco usado, miserable y escaso; y, por último, sargenta como sustantivo es predicable de la religiosa lega de la Orden de Santiago y de la alabarda que llevaba el sargento.


(1) Actual Ministro de Defensa, también ocupa el cargo de Comandante Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, siendo designado para este cargo por el presidente Nicolás Maduro, aun cuando ya Hugo Chávez lo nombró segundo comandante del ejército (tras él mismo) y jefe del Estado Mayor de la institución.
(2) Entre ellos el diccionario de la RAE incluye, además, los determinantes demostrativos, los exclamativos, los interrogativos, los posesivos y los relativos.
(3) Sí está admitido como sueldo, salario o estipendio, o como haber del soldado.


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