Un
servidor ya dedicó uno de sus comentarios al tema de Arnaldo Otegui,
que tanto ha dado que
hablar últimamente en las tertulias televisivas; y, por
lo tanto, me parecía
ocioso por redundante abundar sobre
la
cuestión. Pero ha
habido una nueva circunstancia que le
ha obligado
a uno a
retomar la cuestión. Se
trata en concreto de que el
Coordinador federal de
Izquierda Unida y portavoz
de IU-UP en el Congreso
de los Diputados,
D. Alberto Garzón Espinosa,
–para
más señas malagueño
de adopción, aunque
riojano de nacimiento–,
públicamente se ha
mostrado
partidario en
televisión –izquierdoso
tenía que ser, claro–, a
favor de que
aquel impresentable sujeto
pueda presentarse como candidato a las elecciones en el País Vasco,
apoyándose en unas
supuestas razones democráticas,
¡toma ya!
Y
es que no se trata, sr. Garzón, como argumenta usted, –suo
modo obviamente–, de que la democracia debe imponerse a los
deseos de sangre y de venganza; porque en una
democracia hay que respetar también todo lo demás que esta lleva
consigo. En un Estado de Derecho, como se supone es el español, sr.
Garzón, es obligado cumplir las sentencias y resoluciones firmes
de los Jueces y Tribunales (ar. 118 CE). Debiera usted
recordar, sr. Garzón, que hay una sentencia de la Audiencia
Nacional, que es firme puesto que él no la recurrió, que le
impide ser elegido para cargo público, a menos que usted considere
que ser diputado con aspiración a lehendakari no lo es. En la
citada sentencia, –se lo recuerdo igualmente, sr. Garzón–, no
se habla de inhabilitación absoluta durante el tiempo que esté en
la cárcel o, tan siquiera, durante el tiempo de la
condena, que podría justificar que dicha pena, como
accesoria, hubiera quedado extinguida o redimida con su salida de
prisión; en la resolución judicial se habla de inhabilitación
durante un plazo determinado, en este caso de DIECISÉIS
AÑOS, que, si las matemáticas no mienten ni
Pitágoras tampoco, aún no han pasado, habida cuenta de la fecha de
la sentencia. Y asimismo le recuerdo, sr. Garzón, que la Ley
Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General,
–aplicable igualmente en las Comunidades Autónomas–, en su art.
6.2.b), al referirse al sufragio pasivo, –no hará falta que le
refresque la memoria en cuanto a que este es el derecho a
optar a la elección como cargo público–, que son
inelegibles, entre otros,
los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por
delitos contra la Administración Pública o contra las Instituciones
del Estado cuando la misma haya establecido la pena de
inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la
de inhabilitación absoluta o
especial o de suspensión para empleo o cargo público en los
términos previstos en la legislación penal. ¿Y
no era de inhabilitación absoluta, sr. Garzón, de lo que hablaba la
sentencia antes aludida, esa misma que el condenado y ahora parece
que su defendido no recurrió?
¿Qué tiene que ver, sr.
Garzón, lo que usted califica como error político con lo que
es una resolución judicial, que, equivocada o no, –para eso están
los recursos que él no utilizó–, es obligado cumplirla, aunque no
les guste ni al condenado ni a usted? ¡Ah!, se me olvidaba, sr. Garzón, que usted no es jurista, sino ecomista, había que ver de qué nivel a juzgar por sus razonamientos. Y, lo que ya raya en el
colmo del dislate, sr. Garzón, –por apoyarse en un absurdo
y artificioso vericueto ¿legal? que en modo alguno se sostiene, aparte de estar
cargada de un infantilismo inconcebible en alguien que aspira a ser
presidente del Gobierno de España–, es que usted manifieste algo
tan pueril como que en la condena no se contempla para nada la
imposibilidad de no poder figurar en las listas. Porque, aun
cuando en abstracto puede que no lo sea, ¿en la práctica, sr.
Garzón, tiene algún sentido ir en unas listas, –ya se ve que para
usted sí lo tiene–, si al fin y a la postre luego no puede ser
elegido para cargo alguno según la sentencia?
Seamos
serios y consecuentes, sr. Garzón. Porque, –se lo dice uno de
corazón–, hasta ahora me caía usted bastante bien, pero….. Por
ese camino, sr. Garzón, a buen seguro que el brillo de su estrella
se irá difuminando, como se apagó casi del todo el del ex-juez de
su homónimo apellido.
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