martes, 1 de noviembre de 2011

GÉNERO Y SEXO, o SEXO Y GÉNERO, NO SON LO MISMO ( I )


Aun cuando pudiera parecerlo, no es que un servidor tenga una especie de monomanía casi enfermiza con el tema del lenguaje. No; es que uno considera que en el lenguaje culto no deben emplearse términos o conceptos que no estén recogidos en el Diccionario de la RAE, que es el organismo que, en definitiva, tiene reconocida su autoridad en materia del idioma, en este caso del español obviamente. La misión de la Academia de la Lengua Española es la planificación lingüística mediante la promulgación de normativas dirigidas a fomentar la unidad idiomática dentro y entre los diversos territorios mediante una norma común, en concordancia con sus estatutos fundacionales de velar por que los cambios que experimente el idioma español, -que no castellano-, no quiebren la esencial unidad que mantiene en todo el ámbito hispánico. La RAE responde a la necesidad permanente de regular una lengua de tan amplia extensión como la española, al margen de ideologías políticas, sin dejar de adaptar su funcionamiento a los tiempos presentes. Con respecto a este último extremo no estaría de más hacer referencia, a modo de ejemplo, al vocablo jurisprudencial, -podría hacerse alusión a otros muchos-, que hace bastantes años viene siendo empleado, por supuesto de forma incorrecta, en leyes y resoluciones judiciales; pues bien, dicho término ya va a ser aceptado en la 23ª edición del diccionario, lo cual demuestra que la RAE ni mucho menos está anclada en el pasado.
¿Cómo es posible seguir diciendo a estas alturas del siglo XXI la letrado, la secretario o la magistrado-juez? Pues, aunque no se deba hacer, sí lo es. Porque lo primero se lo oí decir hace poco en televisión a una periodista de mucho fuste y peor genio, -que parece querer estar siempre en posesión de la verdad y que mira a los demás, sean colegas o no, por encima del hombro-, para referirse a una abogada que estaba también en el plató; y las otras dos joyas lingüísticas las he visto escritas en sendas resoluciones o diligencias judiciales que me han llegado recientemente. Y es que lo de la juez, -recordemos que conceptualmente jueza ya no es como antaño la mujer del juez, sino la mujer que desempeña el cargo de juez-, todavía sería admisible, habida cuenta de que la palabra juez sigue teniendo la consideración de nombre común; o, incluso lo de la abogado, -al igual que otras titulaciones, como la arquitecto, la ingeniero o la médico, porque sobre ellas dice el Diccionario de la RAE que morfológicamente se usan también en masculino para designar el femenino-, tampoco sería incorrecto, no obstante estar admitidas tales profesiones tanto en masculino como en femenino, es decir, abogada, arquitecta, ingeniera o médica. Pero lo de la letrado, la secretario o la magistrado, -lamento tener que expresarlo así-, es totalmente inaceptable.
Sería bueno recordarle a la periodista en cuestión y a la magistrada o a la secretaria de marras que en la escuela uno aprendió, -perdón por la pedantería-, que la Gramática Española hablaba de que en nuestro idioma existen hasta seis géneros: masculino, femenino, neutro, común, epiceno y ambiguo. Y que hay otra cosa llamada concordancia, -no la vizcaína, claro, que es la que usa mal los géneros de los sustantivos, aplicando el femenino al que debe ser masculino, o al revés-, es decir, la conformidad de accidentes entre dos o más palabras variables, caso de los sustantivos. Dejando al margen, pues, que en español no existen nombres neutros, -en algunas lenguas indoeuropeas sí, cual el de los no clasificados como masculinos ni femeninos-, o el supuesto de los géneros epiceno y ambiguo, -al primero de los cuales pertenecen los nombres de los seres animados que tienen un solo género gramatical para ambos sexos, como delfín, persona, etc.; y al segundo, el de aquellos nombres de cosas que admiten indistintamente el artículo masculino o femenino, como el mar o la mar, que no deben confundirse con los nombres ambiguos en cuanto al género, o aquellos en que el empleo de una misma palabra en masculino o en femenino implica cambios de significado, como el cólera o la cólera-, los sustantivos del género masculino o femenino han de concordar con el articulo o el adjetivo en género y número. Cuestión distinta son los nombres del género común, en el que se agrupan los nombres de personas que tienen una sola terminación y diferente artículo, cuales son las profesiones aludidas anteriormente, -incluida la de periodista-, o la mayoría de los participios activos o formas verbales procedentes del participio de presente latino, que en español se han integrado casi por completo en la clase de los adjetivos o en la de los sustantivos, como pedante, agente, etc-, con alguna excepción puntual, caso de la de presidenta, que es término aceptado por la RAE como palabra autónoma precisamente debido a su uso común.

                                                                                                                            Continuará

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