viernes, 4 de julio de 2014

SE HA PASADO UN PELÍN, SEÑOR DE PRADA

Según dispone el punto 17 de la llamada de forma ampulosa Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia —que, aun sin valor ninguno de ley, alguna importancia debe tener al haber sido aprobada por la totalidad de los Grupos Parlamentarios presentes en el Congreso de los Diputados—, el ciudadano tiene derecho a formular reclamaciones, quejas y sugerencias relativas al incorrecto funcionamiento de la Administración de Justicia, añadiendo a continuación que podrán presentarlas, entre otros estamentos, ante el Consejo General del Poder Judicial.

Pues bien, con base en ello, un servidor se permite elevar la presente QUEJA contra el magistrado de la Audiencia Nacional D. José Ricardo de Prada, quien, en uno de los cursos del Campus de Verano organizado por la Universidad Complutense de Madrid, —con el auspicio, según se ha dicho también, del Gobierno Vasco, lo cual aclararía ciertamente la cuestión—, se ha permitido, al parecer, manifestar públicamente que las condenas a miembros de la banda terrorista ETA son altas y desproporcionadas, señalando igualmente que sobre todo hay un régimen de cumplimiento de penas totalmente desigual en relación con el resto de presos.
 
Es cierto que tales afirmaciones han sido aireadas por los medios de comunicación y, por lo tanto, no las ha oído uno directamente de bocas del citado juez; y es verdad también que, al haberse vertido en el ámbito de una conferencia, no se trata en sentido estricto de un tema relacionado con el funcionamiento de la Administración de Justicia. Pero, si realmente son ciertas, con el mismo derecho con que dicho juez se toma la libertad hacer tales manifestaciones un servidor está en el suyo de poder expresar las afirmaciones que le venga en gana.

Y es que obviamente la pregunta cae por su propio peso. Qué criterio va a seguir el susodicho magistrado cuando se trate de juzgar a algún etarra, si es que llega la ocasión, pues es evidente que no puede estar ni un minuto más al frente de un juzgado en la Audiencia Nacional. Porque, ¿no tratará, en su caso, de buscar las atenuantes o, incluso, eximentes que sean necesarias para evitar que a aquéllos le sean aplicadas las penas que les corresponda según la ley? 
 
Si este señor no está de acuerdo en la aplicación de la leyes, que son las que son, —es de suponer que no se le haya olvidado que la Justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del Poder Judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente a la Constitución y al imperio de la ley (art. 117.1 CE y art. 1 LOPJ—., la conclusión tan lógica como elemental es que abandone la judicatura y que se dedique a la política; desde donde podrá, bien desde el partido al que se afilie o desde el que él mismo cree, intentar que se modifiquen las leyes para que éstas sean más benignas contra los que cometan delitos de terrorismo. A lo mejor, tiene más suerte en ese campo que el ex-juez Baltasar Garzón o el todavía juez, excedente voluntario por ahora, Elpidio José Silva.
 
Nota.- El comentario que precede se corresponde prácticamente con el texto íntegro de la carta que un servidor ha remitido con fecha 3 de julio de 2014 al Consejo General del Poder Judicial en relación con las manifestaciones vertidas en una conferencia por el magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional D. José Ricardo de Prada. Parece ser que este juez ya hizo unas polémicas declaraciones con respecto a la Ley de Partidos y a las interpretaciones llevadas a cabo por el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional que, a su juicio, no ayudaban en cualquier proceso de paz con la organización terrorista ETA —antes estuvo destinado como juez en Baracaldo y como magistrado en Bilbao— durante el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Por cierto, fue ponente de la sentencia que condenó al criminal argentino Adolfo Scilingo a 640 años de prisión por delitos de lesa humanidad, detención ilegal y torturas, cometidos en el marco de la dictadura militar que gobernó la República Argentina entre 1976 y 1983. Sin duda, por muy miembro del Instituto de Derechos Humanos de Estrasburgo que sea y que se encuentre calificado por la Unión Europea como experto de la misma en asesoramiento en cooperación internacional, está bastante claro que, según las situaciones, ve las cosas de diferente manera; vamos, que procede ad libitum o ad nutum, o sea, a conveniencia de lo que le interesa en el momento dado.

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