Continuación de los errores relacionados con el empleo inadecuado de la coma en
la sentencia del Juzgado de lo Social Único de Teruel:
-
en la pág. 58: Ya que a priori, era adecuada; El art.
179.4 de la LRJS, impone /…;/
-
en la pág. 63: Tanto, el conflicto colectivo, como /.../;
-
en la pág. 65: Esta solución de reconducción /.../ de derechos fundamentales, a la modalidad /…/; si bien, el
ámbito territorial al que /.../;
-
en la pág. 66: En nuestro supuesto, no se pretende obtener
/.../;
-
en la pág. 67: Las partes codemandadas, plantearon /…/;
-
en la pág. 68: La correcta configuración de la relación
jurídico-procesal, es una cuestión /.../:
-
en la pág. 70: El
artículo 12, dispone las medidas dirigidas /.../;
-
en la pág. 71: La
Administración conserva dentro de su ámbito de competencia,
la gestión /.../; El Ministerio de Sanidad, el Gobierno, o la
Administración General del Estado, no han adquirido; es titular
de la relación jurídica u objeto litigioso, quien está obligado
/.../; la centralización en el Ministerio de Sanidad,
no era óbice /.../;
-
en la pág. 72: Se
desprende de todo ello, que las CCAA, y en
nuestro caso la DGA u organismos autónomos dependientes (IASS y SAS), son las encargadas /.../; quien tiene la obligación de proteger los derechos
de los trabajadores, ha proporcionado /.../;
-
en la pág. 73: La protección de sus trabajadores, forma parte
/.../;
-
en la pág. 74: El Ministerio de Sanidad, no es el empleador /…/; son la DGA, IASS y SAS como empleadoras /.../ de
seguridad, las únicas legitimadas/…/; La demanda que nos ocupa, no va dirigida /.../;
-
en la pág. 75:
La condena a proporcionar EPIS adecuados, no es una
sanción /.../;
-
en la pág. 77: En
ciertas ocasiones, cabe entender vulnerado /.../;
-
en la pág. 82: No
existe en el pleito que nos ocupa, vulneración de derechos
fundamentales /.../; Las partes demandadas, ponen en duda /.../;
-
en la pág. 83;
En el caso que nos ocupa, no es discutida la relación /…/;
-
en la pág.
84: El propio Real Decreto que declara el estado de alarma en
nuestro país, indica /../;
-
en la pág. 86: No
se vivía en nuestro país, una situación similar /.../; la suspensión, nunca podría afectar /.../; El
propio RD 463/20 de 14 de marzo, afirmaba /.../;
-
en la pág. 88: En
fecha 31 de diciembre de 2019, la Comisión Municipal
/.../; El 7 de enero de 2020, las autoridades /.../;
El 10 de enero de 2020, la OMS
/.../ ;
-
en la pág. 89: Contenida
en concreto, en el informe /.../; el 23 y el 24 de
enero, se emiten /.../; Ello, ya estaba ocurriendo
/.../; Se conocía, la alta transmisión /.…/ En el inicio de la
epidemia, se publicó /.../; Se sabía igualmente, que
los equipos /.../;
-
en la pág. 90: El
Gobierno ía, en atención al informe de seguimiento de 23 de enero las me- didas /.../; En el procedimiento publicado del 24 de enero, se hace constar /.../; siendo tal,
cuando cualquier persona /.../;
-
en la pág. 91: Si bien, podría existir la creencia /…/;
el 24 de febrero, el virus saltó a la península /.../ ;
Se reconoce en el informe de 23 de enero así como por el Ministro Sr. Illa, la posibilidad /.../; con la información
disponible, la transmisión /.../;
-
en la pág. 92: El
14 de enero de 2020, la responsable /.../; El 22 de enero de 2020, el
Comité /.../; El 30 de enero de 2020, el Comité /.../; Incluso
en tal fecha, la OMS /…/;
-
en la pág. 93; El 31 de enero de 2020, la OMS /.../; lo que confirma ya sin duda, la relevancia /.../; El 24 de febrero de 2020, ya
se preveía /.../; En fecha 3 de marzo, se indicaba
/.../;
-
en las págs.
93/94: En fecha 7 de marzo de 2020, se
recordaba /.../;
-
en la pág. 94:
Incluso el 11 de marzo de 2020, el Director General /.../; El 6 de
marzo de 2020, en el Consejo Europeo /.../;
-
en la pág. 95: Con
estos precedentes, se podía prever /.../; Que aquellas pandemias no llegaran a nuestro país, no significa /.../; El Ministerio Público, afirma /.../; ya desde enero de 2020, se produjo
/.../;
-
en la pág. 96: Los
consejos de las OMS dirigidos al acopio de material, permitían
/.../;
-
en la pág. 97: Los
datos de la OMS así como de la UE, son públicos /.../;
-
en la pág. 98: El
Ministro Sr. Illa, ha recalcado /.../;
-
en las págs. 98/99:
Siendo la profesión sanitaria, de extrema necesidad
/.../;
-
en la pág. 99: Con mayor razón, la prudencia
imponía/.../; las consecuencias para los sanitarios, podrían haberse mitigado; el riesgo al que se han visto sometidos los sanitarios, podría haber sido /.../; en ningún
momento ello habría supuesto, la suspensión /.../;
-
en la pág. 100: Para
el personal sanitario que es lo que ahora interesa, el contagio
/.../;
-
en
la pág. 102:
Debemos partir, de que la posibilidad de centralización del suministro de todo tipo de productos o
material sanitario, fue
establecida /.../ El RD 463/2020, también disponía en su art. 13 /.../:
-
en la pág. 103: El
suministro de informaciones a las demandadas /.../ en
nada impide /.../; siendo que era un hecho un hecho público y notorio, la existencia /.../; eran conocedoras por las reu- niones /.../ de febrero de 2020, del avance /.../; Lo expuesto,
significa /.../; La mayor prueba /.../ viene dada
/.../;
-
en la pág 104: El Ministro Sr. Illa, negaba /.../; La
propia representación de las demandas, afirma
/.../; no han proporcionado al personal que nos ocupa, los EPIS
/.../;
-
en la pág. 105: En el anexo I del doc. 16, se reconoce /.../; en enero de 2020, los proveedores /.../;
-
en la pág. 106: Ello, lógicamente ante la insuficiencia
/.../; Los EPIS aportados según doc. 11, son muy
escasos /.../; Las compras determinadas en el doc. 16.anexo
II, demuestran /.../; las demandadas, no tienen /.../;
-
en la pág. 107: Las compras del 1 de abril de 2020 contenidas en
el doc. 15, lo son /../; Se reconoce en /.../ aportado
el 15 de mayo de 2020, la rotura de stocks /.../; Concretamente en Alcañiz, ya el 31 de enero no había /.../; Siendo
que se recomendaba desde enero por la OMS, adoptar medidas /.../;Las aportaciones que constan en el hecho
decimotercero, resultan /.../
-
en la pág. 108: La insuficiencia de los EPIS, se ha reconocido
/.../; consiguiendo a través de ella, numerosos equipos de protección /.../; hecho que de nuevo,
confirma /.../; Podemos añadir que, además,
la compra /.../; Se acredita que la DGD, IASS y SAS, no
aportaron /.../;
-
en la pág. 109: La
OMS, ya refería /.../; De manera que las demandas (seguramente
demandadas), debían /.../; Hasta el 2 de
marzo de 2020, no se prohibió /.../; por lo que, era previsible
/.../; no se ha demostrado ya que de ser así, hubiera
podido /.../;
-
en la pág. 110:
Resulta dentro de toda lógica, que a mayor contacto /.../; los sanitarios, son los profesionales /.../; la falta de
aportación de EPIS, ha conllevado /.../; tal riesgo, del todo previsible debía de evitarse /.../ ;
-
en la pág. 111:
demostrándose con ello, que el riesgo de contagio /.../ ;
-
en la pag.
114: Que sean inevitables, viene a confirmar /.../;
-
en la pág. 117:
El Procedimiento de actuación /.../ en fecha 5 de marzo de 2020, establece /.../; tanto la LPRL como el RD sobre EPIS, han sido infringidos /.../; al no proveerse /.../ por el sindicato FASAMET, de los EPIS /.../;
-
en la pág.118:
las especiales dificultades probatorias de su vulneración en aquellos casos, constituyen /.../;
-en
la pág. 120: Igualmente es público y
notorio, el importante número /.../; ya el día 2 de abril de 2020, la prensa /…/, informaba; Indicio
de vulneración del derecho a la protección a la salud e integridad física, se encuentra /.../; la normativa d
(¿no será
de?) prevención /.../;
-
en la pág. 121: En
el juicio principal que nos ocupa, numerosas noticias /.../; A
fecha 30 de marzo, la prensa situaba a España /.../; La
documentación aportada /.../ para acreditar la aportación de EPIS, no hizo /.../;los documentos aportados en el juicio principal por la demandada, de nuevo dan /.../; Las autoridades
autonómicas, reconocieron también /.../; entre los pacientes contagiados /.../ que debe de
atenderlos, exista /.../
-
en la pág. 122:
Esa conclusión, es admitida /…/; El riesgo al que se enfrenta los
sanitarios, no es baladí /…/; Muestra de ello, son la
cantidad /.../ ;
-
en
la pág. 123:
El hecho de que la pandemia alcanzara a nuestro país, no era
imprevisible /.../; De haber existido un acopio suficiente, no
hubiera sido
necesario/.../;-
-
en las págs. 123/124: Esa falta de
acopio, determinó /.../;
-
en la pág. 124: Que el suministro de EPIS a los
profesionales, no fuera /.../; de no poder evitarse, tal riesgo, deben /.../; Constan en los hechos probados, procedimientos /.../; poniéndose por tanto de manifiesto, la existencia /.../;
-
en la pág. 125: La
protección de la seguridad y salud de los trabajadores, no ha sido
/.../ ;
-
en
la pág. 128: El
domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos /…/.
Y
con ello da un servidor por conclusos sus comentarios sobre la
sentencia núm. 60/2020 de 3 de junio del Juzgado de lo Social Único
de de Teruel.
No hay comentarios:
Publicar un comentario