jueves, 18 de junio de 2020

SENTENCIA JUZGADO DE LO SOCIAL DE TERUEL (QUINQUIES)


Continuación  de  los  errores  relacionados  con  el empleo inadecuado de la coma en la sentencia del Juzgado de lo Social Único de Teruel:

- en la pág. 58: Ya que a priori, era adecuada; El art. 179.4 de la LRJS, impone /…;/
- en la pág. 63: Tanto, el conflicto colectivo, como /.../;
- en la pág. 65: Esta solución de reconducción /.../ de  derechos  fundamentales, a  la modalidad /…/;  si bien, el ámbito territorial al que /.../;
- en la pág. 66: En nuestro supuesto, no se pretende obtener /.../;
- en la pág. 67: Las partes codemandadas, plantearon /…/;
- en la pág. 68: La correcta configuración de la relación jurídico-procesal, es una cuestión /.../:
- en la pág. 70: El artículo 12, dispone las medidas dirigidas /.../;
- en la pág. 71: La Administración conserva dentro de su ámbito de competencia, la gestión /.../; El    Ministerio de Sanidad, el Gobierno, o la Administración General del Estado, no  han adquirido; es    titular de la relación jurídica u objeto litigioso, quien está   obligado /.../;  la   centralización  en  el    Ministerio de Sanidad, no era óbice /.../;
- en la pág. 72: Se desprende de todo ello, que las CCAA, y en nuestro caso la  DGA  u  organismos    autónomos  dependientes  (IASS y SAS), son  las encargadas  /.../;    quien  tiene  la   obligación  de    proteger los derechos de los trabajadores, ha proporcionado /.../;
- en la pág. 73: La protección de sus trabajadores, forma parte /.../;
- en la pág. 74: El Ministerio de Sanidad, no es el empleador /…/;    son  la  DGA, IASS  y SAS como  empleadoras /.../ de seguridad, las  únicas  legitimadas/…/;   La  demanda  que  nos     ocupa, no va  dirigida /.../;
- en la pág. 75: La condena a proporcionar EPIS adecuados, no es una sanción /.../;
- en la pág. 77: En ciertas ocasiones, cabe entender vulnerado /.../;
- en la pág. 82: No existe en el pleito que nos ocupa, vulneración de derechos fundamentales /.../; Las  partes demandadas, ponen en duda /.../;
- en la pág. 83; En el caso que nos ocupa, no es discutida la relación /…/;
- en la pág. 84: El propio Real Decreto que declara el  estado de  alarma  en nuestro país, indica  /../;
- en la pág. 86: No se vivía en nuestro país, una situación similar   /.../; la  suspensión, nunca  podría  afectar /.../; El propio RD 463/20 de 14 de marzo, afirmaba /.../;
- en la pág. 88: En fecha 31 de diciembre de 2019,  la Comisión Municipal  /.../;   El  7  de  enero  de  2020, las autoridades /.../; El 10 de enero de 2020, la OMS /.../ ;
- en la pág. 89: Contenida en concreto, en el informe /.../; el 23 y el 24 de enero, se emiten /.../; Ello,  ya estaba ocurriendo /.../; Se  conocía,  la  alta  transmisión /.…/  En  el   inicio  de   la epidemia, se  publicó   /.../; Se sabía igualmente, que los equipos /.../;
- en la pág. 90: El Gobierno  ía,   en  atención  al   informe  de seguimiento  de 23  de  enero las me-  didas /.../;  En  el   procedimiento   publicado  del 24  de  enero,  se  hace  constar  /.../;    siendo  tal, 
cuando cualquier persona /.../;
- en la pág. 91: Si bien, podría existir la creencia /…/; el 24 de febrero, el virus  saltó  a la península  /.../ ; Se reconoce en el informe de 23  de enero  así  como  por  el Ministro  Sr.  Illa, la    posibilidad  /.../;   con la información disponible, la transmisión /.../;
- en la pág. 92: El 14 de enero de 2020, la responsable /.../;  El  22  de enero de 2020, el Comité /.../;  El 30 de enero de 2020, el Comité /.../; Incluso en tal fecha, la OMS /…/;
- en la pág. 93;  El   31  de   enero   de  2020,  la   OMS   /.../;   lo   que  confirma   ya   sin  duda,   la  relevancia /.../;  El 24 de febrero de 2020, ya se preveía /.../; En fecha 3 de marzo,  se indicaba /.../;
- en las págs. 93/94: En fecha 7 de marzo de 2020, se recordaba /.../;
- en la pág. 94: Incluso el 11 de marzo de 2020, el Director General /.../;  El  6 de marzo de 2020, en  el Consejo Europeo /.../;
- en la pág. 95: Con estos precedentes, se podía prever /.../; Que aquellas  pandemias  no  llegaran a  nuestro país, no significa /.../;   El Ministerio  Público, afirma /.../;   ya   desde  enero   de  2020,  se  produjo /.../;
- en la pág. 96: Los consejos de las OMS dirigidos al acopio de material, permitían /.../;
- en la pág. 97: Los datos de la OMS así como de la UE, son públicos /.../;
- en la pág. 98: El Ministro Sr. Illa, ha recalcado /.../;
- en las págs. 98/99: Siendo la profesión sanitaria, de extrema necesidad /.../;
- en la pág. 99: Con mayor razón, la prudencia imponía/.../;  las consecuencias  para  los  sanitarios,  podrían haberse mitigado; el riesgo  al  que  se  han  visto  sometidos  los  sanitarios,  podría  haber  sido /.../; en ningún momento ello habría supuesto, la suspensión /.../;
- en la pág. 100: Para el personal sanitario que es lo que ahora interesa, el contagio /.../;
- en la pág. 102: Debemos  partir, de  que la  posibilidad  de  centralización del  suministro  de  todo  tipo de productos o material sanitario, fue establecida /.../ El RD 463/2020, también disponía en su art. 13 /.../:
- en la pág. 103: El suministro de informaciones a las demandadas /.../  en nada  impide  /.../;  siendo  que era un hecho un hecho público  y  notorio, la existencia /.../;  eran  conocedoras     por  las   reu-  niones /.../ de febrero de 2020, del avance /.../; Lo expuesto, significa /.../;  La  mayor  prueba     /.../ viene dada /.../;
- en la pág 104: El Ministro Sr. Illa, negaba /.../; La propia representación de las demandas, afirma /.../; no han proporcionado al personal que nos ocupa, los EPIS /.../;
- en la pág. 105: En el anexo I del doc. 16, se reconoce /.../;  en  enero de  2020,  los  proveedores /.../;
- en la pág. 106: Ello, lógicamente ante la insuficiencia /.../; Los EPIS aportados según  doc. 11, son  muy escasos /.../; Las compras determinadas en el doc. 16.anexo II, demuestran /.../; las demandadas, no tienen /.../;
- en la pág. 107: Las compras del 1 de abril de 2020 contenidas en el doc. 15, lo son /../; Se reconoce  en /.../ aportado el 15 de mayo de 2020, la rotura de stocks  /.../;  Concretamente  en  Alcañiz,  ya  el  31 de enero no había /.../; Siendo que se recomendaba   desde  enero  por la OMS,  adoptar medidas  /.../;Las aportaciones que constan en el hecho decimotercero, resultan /.../
- en la pág. 108: La insuficiencia de los EPIS, se ha reconocido /.../;  consiguiendo  a través de  ella,  numerosos equipos de protección /.../; hecho que de nuevo, confirma /.../; Podemos añadir que,  además, la compra /.../; Se acredita que la DGD, IASS y SAS, no aportaron /.../;
- en la pág. 109: La OMS, ya refería /.../; De manera que las demandas (seguramente demandadas), debían /.../; Hasta el 2 de marzo de 2020, no se prohibió /.../; por lo que, era previsible /.../; no se ha demostrado ya que de ser así, hubiera podido /.../;
- en la pág. 110: Resulta dentro de toda lógica, que  a  mayor  contacto  /.../;  los sanitarios, son  los  profesionales /.../; la falta de aportación de EPIS, ha conllevado /.../; tal riesgo, del  todo  previsible  debía de evitarse /.../ ;
- en la pág. 111: demostrándose con ello, que el riesgo de contagio /.../ ;
- en la pag. 114: Que sean inevitables, viene a confirmar /.../;
- en la pág. 117: El Procedimiento de actuación /.../  en  fecha  5 de marzo  de  2020,  establece  /.../;  tanto la LPRL  como  el  RD  sobre  EPIS,  han  sido  infringidos  /.../;  al  no  proveerse  /.../  por  el  sindicato FASAMET, de los EPIS /.../;
- en la pág.118: las   especiales   dificultades   probatorias   de   su  vulneración  en  aquellos  casos,  constituyen /.../;
-en la pág. 120: Igualmente es público y notorio, el importante número /.../; ya  el  día  2 de  abril de   2020, la prensa /…/, informaba; Indicio de vulneración del  derecho  a la protección     a  la  salud e   integridad física, se encuentra /.../; la normativa d (¿no será de?) prevención /.../;
- en la pág. 121: En el juicio principal que nos ocupa, numerosas noticias /.../; A fecha 30 de marzo,  la prensa situaba a España /.../; La documentación  aportada  /.../ para  acreditar la  aportación  de  EPIS, no hizo /.../;los documentos  aportados  en el  juicio  principal  por  la  demandada,  de nuevo  dan  /.../; Las autoridades autonómicas, reconocieron  también /.../;  entre los pacientes contagiados  /.../ que debe de atenderlos, exista /.../
- en la pág. 122: Esa conclusión, es admitida /…/;  El  riesgo  al que se enfrenta los sanitarios, no es  baladí /…/; Muestra de ello, son la cantidad /.../ ;
- en la pág. 123: El hecho de que la pandemia alcanzara a nuestro país, no era imprevisible /.../; De  haber existido un acopio suficiente, no hubiera sido necesario/.../;-
- en las págs. 123/124: Esa falta de acopio, determinó /.../;
- en la pág. 124: Que el suministro de EPIS a los profesionales, no fuera /.../; de  no  poder  evitarse,  tal riesgo, deben /.../; Constan en  los  hechos  probados,  procedimientos /.../; poniéndose  por tanto  de manifiesto, la existencia /.../;
- en la pág. 125: La protección de la seguridad y salud de los trabajadores, no ha sido /.../ ;
- en la pág. 128: El domicilio  y los   datos de localización  facilitados  con  tal  fin,  surtirán  plenos  efectos /…/.

Y con ello da un servidor por conclusos sus comentarios sobre la sentencia núm. 60/2020 de 3 de junio del Juzgado de lo Social Único de de Teruel.

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