martes, 23 de febrero de 2021

A VUELTAS CON LA DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS (III)

 Una de la acepciones que se recogen en el diccionario de la RAE del término resolución es la de decreto, providencia, auto o fallo de autoridad gubernativa o judicial. Y en el art. 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se indica que es una de las formas de poner fin a un procedimiento, es decir, que viene a ser la orden escrita que dicta un jefe de servicio, bien con carácter general y, por tanto, obligatoria, bien en un caso concreto en el fallo de un recurso

 En la hipótesis que nos ocupa de los acuerdos tomados por las distintas Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Familias, aquellos adoptaron la forma de resoluciones, bajo la ficción jurídica de estar poniendo término a un procedimiento, con lo cual de alguna manera se ha eludido el tema de la delegación de competencias. De hecho, si examinamos con detenimiento dichas resoluciones, podemos observar que todas y cada una de ellas constan del mismo formato, o sea, de los antecedentes de hecho, de los fundamentos de derecho y de la parte dispositiva, propios de las resoluciones administrativas o judiciales, nunca de una ley, de un decreto o de una orden ministerial, por ejemplo, que tan solo constan como norma general de un preámbulo o una exposición de motivos y del texto normativo. Y lo más curioso en el fondo es que todas y cada una de las resoluciones son prácticamente iguales, como calcadas unas de otras, cual se puede comprobar ya en el propio nomen que se le ha dado a las distintas resoluciones, aparte de la fecha que es idéntica en todas, dando la sensación de que todas han sido sido escritas por la misma persona o por el mismo grupo de personas. Y, si no, a las pruebas se remite uno, pues rezan así:

- Resolución de 12 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Almería, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.

- Resolución de 12 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.

- Resolución de 12 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Córdoba, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.

- Resolución de 12 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Granada, por la que se adoptan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que correspondan, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.

- Resolución de 12 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Huelva, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de la salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.

- Resolución de 12 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Jaén, por la que se adoptan y modulan los niveles y grados de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los territorios que se detallan.

- Resolución de 12 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Málaga, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19.

- Resolución de 12 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Sevilla, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.

 En resumidas cuentas, y como puede comprobarse fácilmente, en el caso de Jaén se habla de territorios que se detallan, en lugar de municipios como en el resto; en el de Granada se dice que se adoptan los niveles de alerta sanitaria, en tanto que en las demás provincias dichos niveles se adoptan y modulan; y en el de Málaga se omite la mención a municipios o territorios.













































pero sin añadir nada más),

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