viernes, 26 de agosto de 2011

FIESTAS LOCALES Y PATRONOS


Ahora que el nuevo Concejal de Cultura ha sugerido la posibilidad de trasladar la Feria de Málaga al mes de Septiembre, -a lo cual un servidor se apunta ya, a pesar de que sin duda no dejará de generar una vasta y extensa polémica-, quizás no fuera mal momento para reivindicar de nuevo el 18 de junio, el día de los Patronos de Ciudad, como uno de los dos días festivos que cada municipio tiene derecho por ley, en detrimento del 19 de agosto, que uno sigue sin saber qué sigue pintando en este entierro. Porque recordemos que tal cambio se produjo en 1987 cuando, a instancias del entonces alcalde socialista D. Pedro Aparicio, se cambió la fiesta local a título excepcional para celebrar ese año el quinientos aniversario de la conquista de Málaga por los Reyes Católicos. Por tanto, para quienes aducen motivos tradicionales para mantenella y no enmendalla, uno, -que ya es algo mayor-, recuerda perfectamente que en su juventud el día de san Ciriaco y santa Paula era festivo, con lo cual quizás tenga más arraigo histórico esa fecha que la nueva fiesta local que se inventó la Corporación no hace todavía cinco lustros por un motivo concreto y para una efeméride determinada.
Como la anterior propuesta mía fue publicada en un diario local, un lector me replicó con argumentos tales como que en España existe una Constitución, aprobada por casi todos los españoles en 1978, en cuyo Artículo 21, apartado 3, dice que "ninguna confesión religiosa tendrá carácter estatal"; que está fuera de lugar que una festividad religiosa se declare "fiesta no laborable"; que ya tenemos bastante con el día de la Victoria, el de la Constitución, la Purísima, Jueves y Viernes Santos, etc., para añadir otra más tal como está el panorama económico-laboral; que lo que tenemos que hacer es trabajar más y el que quiera honrar a unas imágenes que vaya al templo correspondiente y lo haga, porque son muchas jornadas laborales las que se pierden al cabo del año con motivo de esas fiestas exclusivamente religiosas; o que quien sea creyente que honre a los Santos, Cristos y Vírgenes de forma particular; creo que a su Dios le será más grato. (Me hubiera gustado saber a qué Dios se refería).
Qué duda cabe que la Constitución dice lo que dice sobre la libertad religiosa, -aunque es en el art. 16 y no en el art. 21-, si bien aquél en su punto 3 también se encarga de ordenar a los poderes públicos que tengan en cuenta las creencias de la sociedad española. En todo caso, un servidor no propugnaba por que se aumentaran las festividades religiosas, sino el cambio de una fiesta laboral por otra. Y es que los días festivos, que antes eran una especie de caos, fueron limitados a doce por el Real Decreto 2001/1983, siendo así que éstos se establecen todos los años en función de los que caigan en domingo. Pues bien, dicha norma estatuye en su art. 46 que serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición le sean propias en cada municipio, determinándose por la autoridad laboral competente a propuesta del Pleno del Ayuntamiento correspondiente. Y suele ser habitual que en en cada localidad o municipio éstas coincidan con el día de los patronos respectivos.
Sin miedo a caer en la hipérbole, quizás Málaga sea una de las pocas ciudades españolas donde el día de sus Patronos no es festivo; bueno, en realidad no es del todo exacto porque Santiago, -que es el Patrón de España, no lo olvidemos-, tampoco lo es, aun cuando en 2011 lo ha sido en seis Comunidades Autónomas, en 2009 lo fue en tres y en 2008 en cuatro, -en 2010 cayó en domingo-, siendo siempre casualmente Navarra una de ellas. Y es que como curiosidad, en la capital de ésta última, Pamplona, a pesar de los Sanfermines, una de sus dos fiestas locales, -la otra es san Francisco Javier, Patrono de la Comunidad Foral-, no es precisamente el 7 de julio sino el 29 de noviembre, como día de su Patrón san Saturnino, pues san Fermín no lo es. Por cierto, no deja de ser chocante que, siendo España un estado aconfesional, -que no laico, que es otra cosa-, se siga manteniendo, por ejemplo, como día inhábil el de la Asunción de la Virgen, que además es una de las fiestas nacionales no susceptible de ser sustituida por las Comunidades Autónomas, al igual que las de Año Nuevo, Viernes Santo, Día del Trabajo, Fiesta Nacional de España, Todos los Santos, Día de la Constitución, la Inmaculada y Navidad. (Sí pueden sustituirse, en cambio,  la Epifanía, san José, Santiago o, incluso, el Jueves Santo). Y es significativo que entre la gama de fiestas posibles a fijar cada año todas tengan un origen religioso, a excepción de las de 1 de enero, 1 de mayo, 12 de octubre y 6 de diciembre. ¡Ah!, la Inmaculada es también Patrona de España al igual que Santiago.
Nota.-  Como en 2012 el día de Año Nuevo caerá en domingo  y en 2013  el día de Reyes y el de la Inmaculada coincidirán en ese día de la semana, las Comunidades Autónomas podrán pasar el descanso laboral correspondientes a tales fiestas al lunes inmediatamente posterior, que es otra de las posibilidades que tienen, o jugar con fiestas tradicionales olvidadas, caso de san José, Santiago, etc. .

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