martes, 30 de agosto de 2011

DE PALABROS, BARBARISMOS, DERECHO Y LENGUAJE ( I )


No hace mucho vi y oí decir en la televisión a un presentador, -como creo es licenciado en filología hispánica para mayor inri, de ahí que haya puesto adrede su titulitis en minúscula-, tu marido y tu matrimonio a la hora de entrevistar a un colaborador habitual de los programas denominados telebasura, quien no ha tenido reparos en cacarear a los cuatro vientos su unión como consorte, -me niego a hablar de unión conyugal o tan siquiera de coyunda-, con una persona de su mismo sexo. Porque sepa el tal presentador que se entiende por marido, según el Diccionario de la RAE, el hombre casado con respecto a su mujer; y por matrimonio, la unión de hombre y mujer concertada mediante determinados ritos o formalidades legales, concepto gestado en origen por el jurista romano Modestino entre los años 226/ 244 de nuestra era como coniunctio maris et feminae.
Por supuesto que un servidor no pone en tela de juicio, ni lo va a poner jamás, que el idioma de un pueblo, -en este caso, el nuestro, el español y no el castellano, que, al decir del Diccionario Panhispánico de Dudas frente a la opinión contraria, resulta más recomendable por carecer de ambigüedad-, no puede ser algo estático, sino totalmente dinámico. El idioma, como cualquier otra faceta de la actividad humana debe evolucionar con el tiempo, so pena de correr el riesgo de quedarse anclado eternamente en el pasado. Pero ello no significa que uno no se mantenga en sus trece de que eruditos y letrados deben abstenerse de utilizar en su lenguaje expresiones no correctas o palabros que no estén recogidos en el léxico de la RAE. Porque a la postre esta Institución, al igual que el Poder Legislativo la tiene para elaborar las leyes y el Ejecutivo para hacerlas cumplir, es la que tiene la facultad de declarar norma, en el sentido de regla, lo que la comunidad de los hispanohablantes han convertido en hábito de corrección, siguiendo los modelos de la escritura o del habla considerados cultos.
El anterior criterio sobre la evolución, -dejando la biológica obviamente al margen aquí ahora-, es también aplicable al mundo del Derecho, cual es fácil de constatar mediante el estudio comparado de los diferentes códigos a través de distintas épocas. Así, concretamente en el caso de España, no se puede dejar de hacer alusión a que conductas, consideradas antaño como delictivas, en la actualidad no lo son, como por ejemplo la blasfemia o el escándalo público (artículos 239 y 431 del C.p. de 1973); y, a la inversa, ilícitos penales que otrora no lo eran porque no se conocían, hoy han pasado a serlo, caso de los diferentes tipos de delitos societarios. (Art 290 y ss. del C.p. actual).
Mas vayamos al tema que ha dado pie al presente comentario, que es el del lenguaje. Uno recuerda que, cuando se incorporó tiempo ha al mundo del trabajo en la banca, en la correspondencia comercial del sector era frecuente el empleo del verbo adjuntar, -del supino latino adiunctum-, para expresar la idea de remitir o enviar adjunta alguna cosa, cuyo uso estaba considerado entonces un barbarismo (vide Enciclopedia Espasa Calpe, ed. 7ª de 1957), en su acepción de emplear vocablos impropios. Es cierto que con posterioridad se recogería en el Diccionario. Y hoy día tenemos un supuesto similar con otro verbo, también propio del argot bancario, el de aperturar, -usado en el sentido de abrir una sucursal o una cuenta-, del cual dice el Diccionario Panhispánico de Dudas que su uso no está justificado y debe evitarse. En fin, por mi condición de ex-jurista y enamorado de la lingüística, no me resisto dejar de traer a colación dos palabros altamente significativos por su utilización: uno, el adjetivo jurisprudencial empleado con reiteración tanto en textos legales como en resoluciones judiciales; y otro, el sustantivo laicidad que se emplea, es de suponer, para referirse al laicismo. En todo caso, aunque hay datos para afirmar que aquél primero va a ser incorporado al Diccionario de la RAE en la edición 23 ª prevista para el año 2013, el segundo, -lo siento por los teólogos y/o críticos del sistema que abusan de su uso, sin especificar en qué consiste, o al menos uno no la ha encontrado, la diferencia entre la palabra y el palabro-, de momento no va a serlo.
En resumen, me he referido tan sólo a los dos términos reseñados al comienzo de este comentario, -que, si correctos desde una óptica gramatical, no lo son desde el punto de vista conceptual con que se emplean-, obviando aposta esos otros barbarismos, en cuanto a las formas, de que hacen gala sin pudor alguno quienes se asoman a la ventana de los medios audiovisuales, -como la dije, delante mío, detrás mía, etc.-, de quienes prefiero pensar que en la mayoría de los casos se trata de intrusos o de pseudoprofesionales de los mass media. Mas este tema merece una glosa aparte.
De todas formas, ¡sr. Blecua, sr. Pérez Reverte y demás miembros de la RAE, socorrednos, por favor!; porque, si no, apañados estamos. Un informe PISA a periodistas nos dejaría al desnudo.

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