lunes, 23 de septiembre de 2013

PARA TONTERÍAS BASTAN LAS PRECISAS

Me gustaría decirle a D. Tomás Burgos actual Secretario de Estado de Seguridad Social, que cuando se dirija a la opinión pública o hable en los medios de comunicación no lo haga como si los demás fuéramos subnormales, porque le puedo asegurar que un servidor no lo es.

Y, ¿por qué dice uno esto? Pues porque recientemente vi y oí hablar al sr. Burgos en un programa de televisión sobre el futuro de las pensiones y, desde luego, puedo asegurar que me dejó sumido en la más completa perplejidad respecto a una de las cosas que dijo. Eso sí, me sorprendió más aún que todos sus interlocutores se quedaran tan panchos; por eso un servidor tiene que reconocer que no hubiera podido ser periodista, pues llegado el caso no hubiera podido callarse ni debajo del agua. Por cierto, he podido leer en Wikipedia que don Tomás Burgos Gallego empezó a estudiar la carrera de medicina en la Universidad de Valladolid y que no la terminó nunca, con lo cual ya supera en capacidad desintelectual a la Presidenta de la Junta de Andalucía, porque ésta al menos, aunque tardara lo suyo, llegó a concluir la carrera iniciada; dato este, en definitiva, que debe responder a la realidad porque, buceando en las hemerotecas periodísticas, he leído que el 13 de febrero de 2012 el diario El País publicó un artículo bajo el título el falso título de médico del nuevo Secretario de Estado de Seguridad Social. En cualquier caso, de esa noticia me interesa destacar el hecho de que, cuando Rajoy nombró Secretario de Estado a don Tomás, señalo que siempre elegiría a los mejores para formar parte de su Gobierno, añadiendo sin rubor, algo que nadie discute obviamente— que no es preciso ser médico para ocupar la Secretaría de Estado de la Seguridad Social por tratarse de un cargo de confianza política que no requiere de ninguna titulación previa. Hay significar que el articulista bromeó un tanto con la tentación de engordar los currículos con títulos que aparentan ser lo que no son, o que directamente son falsos, pues al decir de aquél no es nueva, como ya ocurriera con Luis Roldán, quien se atribuyó la condición de economista cuando fue nombrado director general de la Guardia Civil en 1986, ya que ahora, como entonces el PSOE, el Partido Popular, —el caso Bárcenas es otro ejemplo, se empecina en estar en el limbo.

Evidentemente uno no va a entrar a debatir la cuestión acerca de si el método a implantar, y todavía en estudio, es el más conveniente para el futuro de las pensiones, porque no es economista y porque, además, con toda seguridad algo habrá que hacer para que el sistema no vaya a la quiebra. Pero lo que de ningún modo puedo admitirle al sr. Burgos Gallego es que me haga comulgar con ruedas de molino. Porque él llegó a afirmar en el programa y esto es algo que no me lo puede negarque al menos permitirá que en el futuro las pensiones no se congelen nunca. Y es ese punto es en el que quería hacer hincapié. Porque mire usted, sr. Burgos, tengo que decirle, —no recordarle, porque ello supondría que lo ha sabido alguna vez, siendo del todo evidente que nunca lo supo,ya que mal se puede recordar lo que nunca se aprendió, según frase que un servidor acuñó hace tiempo—, que el art. 48.1 de la Ley General de la Seguridad Social establece textualmente que las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, incluido el importe de la pensión mínima, serán revalorizadas al comienzo de cada año, en función del correspondiente índice de precios al consumo previsto para dicho año. Pues bien, usted mismo admitió que en el año 2011 no se hizo así. En concreto —sólo se lo recuerdo, porque parece ser que sí lo sabe—, el Real Decreto Ley 8/2010, de medidas extraordinarias para la reducción del déficit público —no es de recibo, creo, la facilidad con que se acude a este recurso legislativo, al existir el procedimiento de urgencia—, decretó la suspensión para el ejercicio de 2011 la aplicación de lo previsto en el apartado 1.1 del artículo 48 de la ley General de la Seguridad Social, así como la aplicación de lo dispuesto en el apartado 1.2 del artículo 48 de la misma Ley, excepto para las pensiones mínimas del Sistema de la Seguridad Social, las pensiones del extinguido SOVI no concurrentes y las pensiones no contributivas, es decir, la revalorización y la actualización por el desvío del IPC de las pensiones, contemplado en una norma que aún continúa vigente, que uno sepa.

¿No sabe usted, sr. Burgos, que ninguna ley puede ser perpetua, que las leyes son siempre cambiantes y que se pueden modificar dependiendo del Partido que esté en el Gobierno en un momento dado? Seamos más serios y no digamos chorradas; que para tonterías bastan las precisas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario