miércoles, 15 de abril de 2020

NO CALLAOS ,PERO SÍ CALLAROS


Regina coeli laetare, como bien se sabe, es el nombre de una de las antífonas marianas u oración cristológica por excelencia en honor de la Virgen, que la Iglesia católica recomienda utilizar en tiempo pascual por ser una composición litúrgica a modo de felicitación a María por la resurrección de su Hijo. De hecho el Papa Francisco lo suele hacer de modo habitual en lugar del Angelus, tal como fuera instituido por uno de sus predecesores, Benedicto XIV, allá por el año 1742.

Para los amigos del Latín no hace falta recordar que la palabra laetare se corresponde con la segunda persona del singular del imperativo presente del verbo laetor/aris (primera conjugación voz pasiva), cuya traducción al español es la de alégrate por tratarse de un verbo deponente (1). Y precisamente el tema del imperativo le ha servido a un servidor como excusa para pergeñar el presente comentario (en algo hay que matar el tiempo en esta época de confinamiento obligatorio), porque el empleo de dicha forma verbal de los verbos pronominales no siempre se hace de forma ortodoxa. En concreto se refiere el comentarista a esa especie de mandato que suele darse en cualquier alboroto para imponer orden, en especial el producido por los niños en el colegio. Se trata en concreto de la palabra callaros.

Según el diccionario de la RAE, en el idioma español el modo imperativo se utiliza para expresar principalmente mandato, ruego o exhortación, poniendo curiosamente como ejemplos los de callad o callaos; y ahí precisamente es adonde un servidor quería llegar a parar con el presente comentario. Previamente, conviene recordar que un verbo pronominal es aquel que usa los pronombres reflexivos (me, te, se, nos, os) para cambiar de alguna manera el sentido de la acción a expresar, con la idea de acentuar o indicar que esta afecta directamente al sujeto; normalmente el verbo suele ser intransitivo, aun cuando en puridad no siempre eso ocurre así. Según el mismo diccionario de la RAE, verbo pronominal es aquel que se construye en todas sus formas con pronombre reflexivos átonos que no desempeñan ninguna función sintáctica y que concuerdan con el sujeto, casos de arrepentirse, alegrarse, lavarse, etc. De ahí, que algunos estudiosos del lenguaje hayan establecido una cierta diferenciación entre verbos pronominales estrictos, es decir, aquellos que solo existen bajo esa forma, ya que describen una acción que uno solo puede hacerse a sí mismo y que, por lo tanto, no admiten complemento directo, cuyo paradigma por antonomasia quizás sea el de suicidarse, puesto que nadie puede por definición suicidar a otra persona (podrá matarla o asesinarla, pero evidentemente suicidarla, no); y los verbos pronominales no estrictos, que pueden actuar como no pronominales si no contienen un pronombre, o como pronominales si lo incluyen, cual es el caso del verbo lavar, porque uno puede lavar la ropa, pero también puede lavarse la cara o las manos, ahora que se recomienda tanto por lo del coronavirus. E, incluso entre los verbos pronominales no estrictos, se considera que están los llamados reflexivos, o los que describen acciones que uno se hace a sí mismo y en las que el pronombre es sujeto y objeto a la vez, caso de los verbos ya mencionados anteriormente; los cuasi reflejos, en los que el pronombre no actúa ni como sujeto ni como objeto, como en la frase la comida se enfría, pues no puede decirse que la comida se enfríe a sí misma; y recíprocos, que son los que describen acciones que necesariamente involucran a otros individuos, como en la oración Pedro y Juan se saludaron.

De todas formas, la cuestión relevante a tener en cuenta con este comentario es que en español la segunda persona del plural del imperativo pierde la d final cuando se le añade el enclítico os, de tal manera que callad + os da como resultado callaos y no callaros. (Es excepción la forma idos, como imperativo del verbo ir, que ciertamente tiene poco uso en la práctica, para lo cual se usa algún rodeo o circunloquio, caso del podéis ir en paz que se dice hoy al final de la misa y cuyo texto latino antiguamente era el de ite (2) missa est, a cuya expresión algunos tratadistas consideran elidida la palabra finita;, es cierto que se admite también la forma iros). Y, claro, si fijamos bien nuestra atención, el término callaros está formado por el infinitivo del verbo callar y el pronombre personal enclítico os. Pero, puesto que la intención de la expresión callaros es la de un mandado o una orden imperiosa en toda regla, habida cuenta de que en el idioma español (que no castellano) tenemos un modo verbal concreto para esa función de exigencia u obligación, cual es el imperativo (actualmente en el verbo callar las formas son calla tú, callá vos, calle usted, callad vosotros o vosotras, callen ustedes (3), ya que las antiguas formas de calle él, callemos nosotros o callen ellos han desaparecido de la conjugación, al igual que habemos del verbo haber, que se considera un arcaísmo), lo correcto sería decir callad o callaos, bien es verdad que, al decir del DPD (4), es admisible acudir a las formas correspondientes del subjuntivo si la oración es negativa (no hables), si va introducida por la conjunción 'que' (que te calles) o se dirige a un interlocutor al que se trate de usted (hágame caso). Hay que significar, eso sí, que dos de ambas formas verbales del imperativo y subjuntivo coinciden (calle para la 3ª persona del singular y callen para la del plural).

En definitiva, si la intención del hispanohablante es la de hacer uso de un mandato, debe emplearse siempre el modo imperativo. Ahora bien, existe un supuesto en que el infinitivo puede utilizarse como una orden de forma correcta. Se trata de aquellas situaciones en que el mandato no va dirigido a nadie en particular o en concreto, sino al público en general, uno de cuyos claros ejemplos puede ser el que se exhibe en los típicos carteles de No fumar o No pasar (No smoking o No trespassing tan de moda ahora en inglés, como no podía ser de otro modo), porque en ese caso la orden va dirigida a cualquier persona que lea el cartel porque pase o intente pasar por allí; o como el que puede verse en algunos edificios con la frase Cerrar la puerta o Apagar la luz; o en aquellas estanterías de una tienda de objetos frágiles o de consumo que indican No tocar. En cambio, en el citado caso de callaos, no lo olvidemos, la orden va dirigida a un grupo determinado de personas, las que estén formando cierto alboroto o hablando en tono algo elevado.

Por cierto, y para concluir, para uno no deja de ser un auténtico contrasentido que en algunos rótulos se prohíba alguna cosa y, encima, se agradezca el detalle al mismo tiempo (Se prohíbe fumar. Gracias), por ser una contradictio in terminis.


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(1) En Latín verbo que, con significación de activo se conjuga por la voz pasiva.
(2) La traducción, correspondiente a la 2ª persona del plural del verbo eo/is/ire. es la de id.
(3) Videte conjugación del verbo en la propia definición del mismo en el DRAE.
(4) Diccionario Panhispánico de Dudas.



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