Hace ya bastante tiempo
que un servidor quería abordar el tema de la compraventa de
futbolistas. Pues bien; como en las bodas de Caná, ya ha
llegado la hora Y es que a uno siempre le ha llamado
poderosamente la atención ciertas expresiones relativas al asunto,
que es probable pasen casi desapercibidas, pero que lamentablemente
se han tornado en normales por habituales, no solo en los medios de
comunicación, sino en el habla de la sociedad en general pese a ser
muy discutible el empleo de las mismas. Es el caso de frases como
las de que el club tal ha comprado, —o
ha vendido o ha traspasado— al jugador cual, como
si fuese una mercancía, por equis millones de euros,
los que sean, puesto que eso es lo de menos. Es más, incluso en
ocasiones es el mismo jugador quien no tiene rubor alguno en afirmar
que le gustaría que lo vendiesen o lo traspasasen.
La pregunta cae
por su propio peso. ¿Es correcta la expresión? Y uno, a
pesar que pueda parecer que va contra corriente, entiende que
no lo es, salvo que
se considere que el término compraventa
referida
a los futbolistas constituye un tropo literario o un recurso
estético, que el comentarista no tiene claro si había que
catalogarlo como metonimia.
sinécdoque, eufemismo, metáfora —en
el concepto creado por Aristóteles— o
antonomasia,
puesto que ésta no deja de ser también una figura retórica, no
obstante su empleo con la preposición por
antepuesta denota
que a una persona o cosa le conviene el nombre apelativo con que se
la designa, por ser, entre todas las de su clase, la más importante,
conocida o característica, según
la RAE.
La
verdad es que esa cada vez más arraigada costumbre del uso
indebido del lenguaje va in
crescendo a
pasos agigantados de forma alarmante
En
otras entradas
anteriores de su
blog un
servidor, como enamorado del latín y del bien hablar o del bien
decir, —a la inversa, está en contra del mal hablar y el mal
decir, y obviamente del maldecir
también—; se ha referido a la cuestión en varias ocasiones,
censurando de paso esa fea praxis por parte de quienes supuestamente
son licenciados en Ciencias de la Información o en Filología
Hispánica, que todavía es peor, porque eso ya clama
al cielo. Así,
no han quedado fuera de sus comentarios temas como
el laísmo y el leísmo,
el hacer concordar adjetivos con adverbios que son palabras
invariables, o esa monomanía por inventar palabros, en especial
la de acuñar un verbo desde cualquier sustantivo, venga o no venga
a cuento, —aperturar
o procesionar
son dos claros ejemplos— que se vienen empleando hasta la
saciedad de forma incorrecta incluso en el lenguaje culto. También
el comentarista se ha referido al caso de la mal llamada violencia
de género
o al denominado, de forma incorrecta en su opinión, matrimonio
homosexual;
en el primer supuesto porque, al contrario que las palabras, —que
tienen género y no sexo—, los seres vivos tenemos sexo y no
género; y en el segundo, porque la Ley por la que se
modificó el Código Civil en materia de derecho a contraer
matrimonio, que en su Introducción, —o
su Preámbulo o Exposición de Motivos, pues tampoco
le asigna nombre específico—
es bastante aceptable, en su contenido ya no lo es tanto, puesto
que a lo largo de su articulado la única modificación de cierta
enjundia es el párrafo añadido al art. 44, —los
demás se limitaron a modificar términos o locuciones—,
cuya dicción literal de que el
matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos
cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo no
es que tenga tampoco mucho recorrido que digamos. Y, para
colmo de males, el Diccionario de la RAE en su 23ª edición define
a la institución como la unión de hombre y mujer o en
determinadas legislaciones —sin
aludir siquiera a la española—
la unión de dos personas del mismo sexo, algo que
aparentemente raya en la antilogía.
Pero en cuanto al problema que ahora nos
ocupa, veamos lo que dice al respecto el propio Diccionario de la
Lengua Española. En concreto, del término comprar dice que
es obtener algo con dinero; del de vender, traspasar
a alguien por el precio convenido la propiedad de lo que uno posee; y
del de traspasar, ceder a favor de otra persona el derecho
o dominio de algo. Y, al referirse al vocablo compraventa,
habla de que es el contrato que tiene por objeto la entrega de una
cosa determinada a cambio de un precio cierto.
Por su parte el Código Civil, en su art. 1445
referido al contrato de compra y venta, establece que es
aquél por el cual uno de los contratantes se obliga a entregar
una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en
dinero o signo que lo represente. Es
decir que, si por algo
hay que entender lo que es indefinido
y por cosa, en la
segunda acepción que del vocablo figura en el citado Diccionario,
cualquier objeto inanimado por oposición a ser viviente,
es obvio que los seres humanos, —y,
por supuesto, los futbolistas tampoco—, no podemos tener la
consideración ni de algo
ni de cosa.
A
menudo se critica, y no sin razón, que a la mujer se le considera
como objeto
dentro
la sociedad, sobre todo en el ámbito publicitario, muchos de cuyos
anuncios en alguna ocasión han tenido que ser retirados de la
circulación por dicho motivo ante la presión de la opinión
pública. Y uno ingenuamente pregunta si no convertimos también en
objeto al
futbolista a la hora de utilizar esa forma de expresión.
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