martes, 21 de octubre de 2014

COMPRAVENTA DE FUTBOLISTAS

Hace ya bastante tiempo que un servidor quería abordar el tema de la compraventa de futbolistas. Pues bien; como en las bodas de Caná, ya ha llegado la hora Y es que a uno siempre le ha llamado poderosamente la atención ciertas expresiones relativas al asunto, que es probable pasen casi desapercibidas, pero que lamentablemente se han tornado en normales por habituales, no solo en los medios de comunicación, sino en el habla de la sociedad en general pese a ser muy discutible el empleo de las mismas. Es el caso de frases como las de que el club tal ha comprado, —o ha vendido o ha traspasado— al jugador cual, como si fuese una mercancía, por equis millones de euros, los que sean, puesto que eso es lo de menos. Es más, incluso en ocasiones es el mismo jugador quien no tiene rubor alguno en afirmar que le gustaría que lo vendiesen o lo traspasasen. 
 
La pregunta cae por su propio peso. ¿Es correcta la expresión? Y uno, a pesar que pueda parecer que va contra corriente, entiende que no lo es, salvo que se considere que el término compraventa referida a los futbolistas constituye un tropo literario o un recurso estético, que el comentarista no tiene claro si había que catalogarlo como metonimia. sinécdoque, eufemismo, metáfora —en el concepto creado por Aristóteles— o antonomasia, puesto que ésta no deja de ser también una figura retórica, no obstante su empleo con la preposición por antepuesta denota que a una persona o cosa le conviene el nombre apelativo con que se la designa, por ser, entre todas las de su clase, la más importante, conocida o característica, según la RAE.

La verdad es que esa cada vez más arraigada costumbre del uso indebido del lenguaje va in crescendo a pasos agigantados de forma alarmante En otras entradas anteriores de su blog un servidor, como enamorado del latín y del bien hablar o del bien decir, —a la inversa, está en contra del mal hablar y el mal decir, y obviamente del maldecir también—; se ha referido a la cuestión en varias ocasiones, censurando de paso esa fea praxis por parte de quienes supuestamente son licenciados en Ciencias de la Información o en Filología Hispánica, que todavía es peor, porque eso ya clama al cielo. Así, no han quedado fuera de sus comentarios temas como el laísmo y el leísmo, el hacer concordar adjetivos con adverbios que son palabras invariables, o esa monomanía por inventar palabros, en especial la de acuñar un verbo desde cualquier sustantivo, venga o no venga a cuento, —aperturar o procesionar son dos claros ejemplos— que se vienen empleando hasta la saciedad de forma incorrecta incluso en el lenguaje culto. También el comentarista se ha referido al caso de la mal llamada violencia de género o al denominado, de forma incorrecta en su opinión, matrimonio homosexual; en el primer supuesto porque, al contrario que las palabras, —que tienen género y no sexo—, los seres vivos tenemos sexo y no género; y en el segundo, porque la Ley por la que se modificó el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio, que en su Introducción, o su Preámbulo o Exposición de Motivos, pues tampoco le asigna nombre específico es bastante aceptable, en su contenido ya no lo es tanto, puesto que a lo largo de su articulado la única modificación de cierta enjundia es el párrafo añadido al art. 44, los demás se limitaron a modificar términos o locuciones—, cuya dicción literal de que el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo no es que tenga tampoco mucho recorrido que digamos. Y, para colmo de males, el Diccionario de la RAE en su 23ª edición define a la institución como la unión de hombre y mujer o en determinadas legislaciones sin aludir siquiera a la española la unión de dos personas del mismo sexo, algo que aparentemente raya en la antilogía. 

Pero en cuanto al problema que ahora nos ocupa, veamos lo que dice al respecto el propio Diccionario de la Lengua Española. En concreto, del término comprar dice que es obtener algo con dinero; del de vender, traspasar a alguien por el precio convenido la propiedad de lo que uno posee; y del de traspasar, ceder a favor de otra persona el derecho o dominio de algo. Y, al referirse al vocablo compraventa, habla de que es el contrato que tiene por objeto la entrega de una cosa determinada a cambio de un precio cierto. Por su parte el Código Civil, en su art. 1445 referido al contrato de compra y venta, establece que es aquél por el cual uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente. Es decir que, si por algo hay que entender lo que es indefinido y por cosa, en la segunda acepción que del vocablo figura en el citado Diccionario, cualquier objeto inanimado por oposición a ser viviente, es obvio que los seres humanos, —y, por supuesto, los futbolistas tampoco—, no podemos tener la consideración ni de algo ni de cosa. 
 
A menudo se critica, y no sin razón, que a la mujer se le considera como objeto dentro la sociedad, sobre todo en el ámbito publicitario, muchos de cuyos anuncios en alguna ocasión han tenido que ser retirados de la circulación por dicho motivo ante la presión de la opinión pública. Y uno ingenuamente pregunta si no convertimos también en objeto al futbolista a la hora de utilizar esa forma de expresión.




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